La Sala de Ausencia de Reconocimiento de al Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le pidió este martes, 3 de septiembre, a la Cancillería realizar todas las gestiones diplomáticas ante las autoridades de los Estados Unidos con miras a desclasificar archivos del Holocausto del Palacio de Justicia, registrado los días 6 y 7 de noviembre de 1985.

En la decisión se le da un plazo de 10 días al Ministerio de Relaciones Exteriores para que remita un informe en el que detalle las labores que esa cartera o las que ha adelantado la Embajada de Colombia en Estados Unidos para obtener del Gobierno de los Estados Unidos la desclasificación de los archivos reservados relacionados con los hechos del Palacio de Justicia.

“Lo anterior, teniendo en cuenta que la Cancillería colombiana en el marco de la cooperación internacional establecida con el gobierno de EE.UU debe promover y garantizar los derechos humanos de sus ciudadanos y de las víctimas del conflicto armado”, señala la decisión firmada por los magistrados Raúl Eduardo Sánchez y Gustavo Adolfo Salazar.

La Sala señaló que la Cancillería debe poner en marcha los mecanismos y prácticas en aras del proceso de desclasificación de archivos, en este caso, los referentes a los hechos acaecidos el 6 y 7 de noviembre de 1985, “con el propósito de esclarecer la verdad y de reconstruir la memoria histórica de la sociedad colombiana”.

La solicitud se presentó en medio del estudio de una medida cautelar proteger la Casa Museo del Florero, las Caballerizas del Cantón Norte y el cementerio del Sur. Lugares, que según la investigación adelantada por la Fiscalía General, fueron trasladados varios rehenes a quienes se les señaló de ser colaboradores de la guerrilla del M-19 en la planeación y toma del Palacio de Justicia.

La JEP consideró que la solicitud elevada por Helena Urán Bidegain, hija del magistrado auxiliar del Consejo de Estado, Carlos Horacio Urán, comprende la salvaguarda de los derechos a la verdad, a la reparación y a la no repetición de las víctimas del Holocausto.

El pasado 19 de junio, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 31 años y diez meses de prisión al general en retiro Iván Ramírez Quintero por la desaparición de la guerrillera del M-19 Irma Franco Pineda, durante la toma del Palacio de Justicia.

En el fallo de segunda instancia, la Sala Penal consideró que existían pruebas testimoniales y documentales suficientes para inferir la responsabilidad del entonces comandante del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia (COICI) en la desaparición de Irma Franco, quien hacía parte activa del M-19 durante el ingreso violento al Palacio, ubicado en el centro de Bogotá.

De esta forma, se llegó a la conclusión que la guerrillera salió con vida del Palacio de Justicia, fue trasladada en vehículos oficiales hasta el comando del Coici en el sur de Bogotá, donde fue sometida a todo tipo de torturas por el Ejército Nacional.

“Está debidamente demostrada la ocurrencia y materialidad de la conducta desplegada por los procesados, junto con otros militares, para acometer, como lo hicieron, contra la libertad individual de la guerrillera Irma Franco Pineda, por lo que, siendo típica, objetiva, como subjetivamente, la conducta, además de antijurídica y culpable, deben responder penalmente por ella”, concluye la decisión.

Esta es la decisión de la JEP