Jhonier Leal deberá seguir en la cárcel. Este miércoles un juez le negó tajantemente el recurso de habeas corpus con el que reclamaba su libertad argumentando que ya habían pasado dos años encarcelado sin que se tomara una decisión de fondo en el juicio que se le adelanta por su presunta participación en el crimen de su hermano, el estilista Mauricio Leal, y su madre, Marleny Hernández.
Jhonier Leal, quien se encuentra en la cárcel desde el 12 de enero de 2022, manifestaba que se le estaban vulnerando sus derechos. Sin embargo, el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Bogotá rechazó sus pretensiones indicando que no se cumplían los requisitos legales.
Este jueves 25 de enero se reanudará el juicio contra Leal por los delitos de homicidio agravado y ocultamiento de elementos materiales probatorios. Se espera que declaren los últimos testigos citados en su estrategia de defensa.
Después de esto se fijará la audiencia de alegatos de conclusión en el que intervendrán la Fiscalía, la Procuraduría, las víctimas acreditadas y la defensa de Jhonier Leal. Después la jueza de conocimiento se tomará un tiempo para anunciar su sentido de fallo.
El pasado 12 de enero, el Juzgado 18 de Control de Garantías de Bogotá rechazó la libertad por vencimiento de términos presentada por la defensa de Jhonier Leal. Según la jueza, en este proceso se han presentado maniobras dilatorias adjudicables a la defensa de Jhonier Leal –como lo citó el delegado de la Fiscalía General– mediante la presentación de recusaciones, solicitudes de nulidad y aplazamientos de última hora.
“Para el despacho, está claro que el actuar que se ha venido advirtiendo hasta aquí corresponde a maniobras dilatorias de la bancada de la defensa”, advirtió la jueza. “El hoy profesional del derecho las quiere abrigar bajo ese ejercicio de la defensa, lo que provoca de manera innecesaria esa demora en el diligenciamiento judicial”, añadió.
En este sentido, manifestó que a lo largo de este juicio se han presentado diferentes acciones que han truncado el desarrollo del proceso penal, afectando así uno de los principios de la justicia, que es la eficacia y celeridad para que se tomen decisiones de fondo.
“Mal podría concederse un beneficio a quien persigue con su conducta dilatar injustificadamente el proceso, en detrimento de los principios de celeridad y eficacia, que deben guiar la administración de justicia y, por lo tanto, debe ser anulatorio todo tipo de beneficio ante esas maniobras dilatorias”, dijo.
Para la jueza, lo registrado se puede entender como un desdén y falta de compromiso para la agilidad que exige a la administración de justicia. “En consecuencia, al no verse vencido el término de esa medida de aseguramiento impuesta a Jhonier Rodolfo Leal Hernández el 19 de enero de 2022, no se hace necesario entrar analizar la sustitución de medida de aseguramiento elevada por el peticionario, pues, a la fecha, se encuentra vigente”.
Contrario a lo dicho por el abogado del acusado, la jueza manifestó que, en todo este proceso judicial, se le han dado todas las garantías procesales y derechos de defensa, “y esa privación de la libertad que recae en su contra no ha perdido vigencia en atención a esas maniobras excesivas de la bancada de la defensa, situación que ha truncado un normal desarrollo del juicio, como ha quedado en evidencia”.