John Nelson Poulos fue condenado este martes 4 de junio a 42 años y medio de prisión por su responsabilidad en el feminicidio de la DJ Valentina Trespalacios. El juez décimo de conocimiento de Bogotá determinó que, una vez cumplida la pena, el ciudadano estadounidense será expulsado de Colombia.
En la determinación se fijó que Poulos no podrá recibir beneficios judiciales como la casa por cárcel o la libertad condicional. “Tampoco podrá acercarse a los miembros del grupo familiar de Valentina Trespalacios y a la de comunicarse con ellos por 20 años”.
Para el juez, se probó más allá de toda duda razonable la responsabilidad de John Poulos en los delitos de feminicidio agravado y ocultamiento de elementos materiales probatorios, rechazando de tajo los argumentos expuestos en la mañana de este martes por la defensa del ciudadano estadounidense y del mismo acusado.
En la lectura del fallo se determinó que por las pruebas documentales y testimoniales en este caso no se podía hablar “Ni de un homicidio culposo, ni de un homicidio simple”, como lo señaló la defensa de Poulos en sus alegatos. Tampoco se encontró justificación en el actuar del estadounidense que al ver que la joven no tenía signos vitales su primera reacción fue sacar los elementos que tenía en el apartamento, entregar el auto alquilado y dirigirse al aeropuerto El Dorado, de Bogotá, para salir del país.
El sentido común, reclamó el juez, era buscar ayuda inmediata y darle a conocer a los familiares de Valentina -con los que mantenía contacto- lo que había ocurrido. “¡Pero no, no lo hizo!”, cuestionó el funcionario judicial al señalar que no dio aviso ni al vigilante del edificio, ni pidió ayuda médica y mucho menos llamó a la mamá o al hermano de la joven.
Varios testigos coincidieron en afirmar el comportamiento manipulador y posesivo que presentaba Poulos con Valentina, a quien vigilaba constantemente, controlaba sus redes sociales y restringía. “Le hacía reclamos por su comportamiento o el de sus amistades”.
Una vez, sospechando que Valentina le era infiel llegó a contratar a un investigador privado para que la siguiera y le realizara los registros de sus movimientos en un evento de DJ que se iba a realizar en la ciudad de Bogotá. Todo esto quedó probado en un intercambio de mensajes de WhatsApp en el que el estadounidense le envió una foto “en tiempo real” de lo que sucedía y le reclamaba por estar tan cerca de un hombre.
Todo esto, concluyó el juez, “afecta la vida moral y psicológica de la víctima”, pues Poulos la “hacía ver como un objeto de su propiedad por el hecho de apoyarla económicamente mediante remesas o giros dinerarios pretendiendo limitarle su vida social”.
Los peritos que declararon en la etapa de juicio permitieron inferir que Poulos aprovechó su corpulencia y talla para atacar a Valentina Trespalacios mientras se encontraban sosteniendo relaciones sexuales en el interior del apartamento 802 del edificio Kapadoccia, en el norte de Bogotá.
“Poulos asfixió a Valentina Trespalacios mediante una acción de comprensión en el cuello luego de haberla agredido físicamente, pues le propinó de manera reiterada golpes en su rostro cuello cabeza espalda y extremidades superiores (...) se aprovechó de su condición de hombre con su contextura gruesa o fornida para dominar y reducir a Valentina, una mujer de corte estatura y contextura frágil”, aseveró el juez.
Prueba que Valentina intentó defenderse es la cicatriz que presentaba cerca de su ojo izquierdo el ciudadano estadounidense y que quedó registrada cuando fue capturado en Panamá, país, que sea dicho de paso, tenía pensado viajar a Turquía para luego llegar a Montenegro, país con el que Colombia no tiene tratado de extradición.
“John Nelson Poulos luego de quitarle la vida a la señorita Valentina Trespalacios procedió a doblar su cuerpo a aprovechando la flacidez del mismo”. Como quedó registrado en los videos de las cámaras de seguridad “lo empacó en la maleta de viaje azul de propiedad suya, quedando la cabeza de la víctima por fuera (...) se la tapó con una manta o toalla la subió en un carro de mercado”.
Acto seguido, “la introdujo en el baúl del vehículo color gris el cual había alquilado con anterioridad (...) hasta la carrera 109 con calle 23, y en el barrio Campus, de la localidad de Fontibón, en un contenedor de basuras y escombros la arrojó”. Posteriormente, y sin ningún asomo de vergüenza, ni dolor o respeto por la vida, emprendió su huida de Colombia movilizándose hasta el aeropuerto.
Para culminar el plan que tenía borró varios mensajes y fotos del celular de Valentina, arrojando en un parque cercano a la zona de carga portuaria el equipo de telefonía. Pese a lo dicho por Poulos y su defensa, lo cierto es que nada justificó su acción.
“Era una clara actitud de ocultamiento de la evidencia, pese a ello quiso ejecutar las acciones con las cuales logró terminar la vida de Valentina y quiso buscar el ocultamiento de su cuerpo”, concluyó el juez. Poulos deberá seguir cumpliendo su pena en la cárcel La Picota, de Bogotá.