Este viernes, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le notificó al exembajador y expresidente de Fedegán Jorge Visbal Martelo que su solicitud de sometimiento había sido rechazada. Esto por considerar que no hizo ningún aporte claro y contundente a la verdad frente al fenómeno del paramilitarismo en el conflicto armado interno.
En la decisión tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP se concluyó que Visbal Martelo, quien se había presentado como agente del Estado no integrante de la fuerza pública, incumplió con sus compromisos de verdad, clave en este tipo de sometimiento.
“En efecto, los relatos del peticionario a juicio de la Subsala limitaron su incidencia a aspectos circunstanciales relacionados con el conflicto, cuidadosamente presentados para mostrarse ajenos al desarrollo de ellos, ya fuere por los roles como vocero del gremio ganadero, como gestor de paz o por situaciones en las que se identificó como víctima”, precisa la decisión.
En este sentido, se advierte que sus relatos fueron “contravenientes”, pues contenían múltiples referencias para demostrar, de nuevo, su inocencia. “Tal estrategia defensiva lo llevó a controvertir las pruebas legalmente practicadas en la jurisdicción ordinaria, como si se tratara este escenario de una nueva instancia procesal, pero sin dar información relevante o argumentos novedoso que llevaran a concluir algo distinto a lo que pudo ser esclarecido en la investigación en su contra, limitándose a un intento reiterado de tachar la credibilidad de los testigos”.
Debido a esta situación, el expediente de Visbal Martelo regresará a la justicia ordinaria para que se tomen las decisiones correspondientes en su proceso.
En 2018, la justicia concluyó que el expresidente de la Federación Nacional de Ganaderos ― Fedegán―, Jorge Visbal Martelo, tenía vínculos con grupos paramilitares en el norte del país, esto luego de un arsenal probatorio que presentó la Fiscalía en el juicio en su contra y que derivó en la condena a nueve años de prisión. Su defensa acudió al recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia y mientras se estudia el proceso, en la Unidad de Víctimas se ordenó la indemnización a su favor, por considerar que fue víctima de desplazamiento forzado.
Visbal Martelo y su grupo familiar se encontraban en el Registro Nacional de víctimas debido a que, en los años de mayor conflicto en el país, fueron objeto del desplazamiento forzado, que justamente provocaron los grupos armados ilegales en el norte de Colombia, con los que posteriormente fue vinculado y terminó condenado.
La Unidad para la Atención y Reparación de Víctimas estableció que se reunían las condiciones para otorgarle esa calidad a la expresidente de Fedegán y a su familia, de esta manera, proceder con la indemnización correspondiente por los perjuicios causados tras el conflicto armado en Colombia.
“Realizado el estudio de la solicitud se determinó que cumple con los supuestos fácticos y jurídicos para reconocer el derecho a la medida de indemnización administrativa por lo que se procederá con el reconocimiento de la medida por el hecho victimista antes del desplazamiento forzado”, dijo la Unidad de Víctimas.
Al conocer la decisión, la defensa de Jorge Visbal Martelo, en cabeza del abogado Andrés Garzón, aseguró que esto demuestra las irregularidades en la condena proferida por un juzgado especializado y las razones para que la Corte Suprema de Justicia aceptara el recurso de casación y que en este momento se encuentra en estudio.
“Tuvo en cuenta la participación de grupos paramilitares en estos hechos y en otros que también cobija está resolución, por lo tanto, reitero, se muestra la fragilidad de la condena en contra de Jorge Visbal, al punto que la misma Corte Suprema ya había admitido la casación de esta decisión y estaba en ciernes de tomar una determinación definitiva sobre la inocencia jurídica”, dijo el abogado Garzón.
Insistieron los abogados que el expresidente de Fedegán y su familia fueron víctimas de ataques de parte de grupos armados ilegales de todo orden y que incluso terminaron en el secuestro de varios de sus hijos, al punto de que debieron huir del país por más de 10 años.
“La Unidad, con el fin de garantizar la entrega de la medida de indemnización administrativa a todas las víctimas del conflicto armado y en concordancia con diferentes pronunciamientos emitidos por la Corte Constitucional previo que el desembolso de una segunda indemnización administrativa será procedente, siempre que todas las víctimas con derecho a indemnización la hayan recibido en un primer momento”, dijo la Unidad.
Así las cosas, mientras la Corte Suprema de Justicia resuelve la casación de la condena del expresidente de Fedegan, su calidad de víctima del conflicto armado ya quedó en firme con la resolución de la Unidad para la Atención y Reparación de Víctimas.