Este jueves, Juan Pablo Díaz Granados, quien actualmente se desempeña como viceministro de Relaciones Políticas, se posesionó este jueves como alcalde ad hoc de Medellín ante el Juzgado 29 penal municipal.
“Con total apego a la Constitución y a la ley ejerceré la responsabilidad asignada”, declaró el funcionario en su cuenta de Twitter.
Pese a la fuerza mediática de la revocatoria, ahora esta tiene un problema, pues el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín suspendió la recolección de firmas porque dicha labor no cumple los protocolos de bioseguridad.
Y es que estos comités están obligados, según orden del Ministerio de Salud y Protección Social, a diseñar un protocolo para la recolección de los apoyos ciudadanos necesarios para continuar la siguiente fase del proceso de revocatoria. Este debe ser analizado en virtud de su adherencia a los estándares de bioseguridad establecidos en la Resolución No. 777 de 2021, proferidos por el Ministerio de Salud, y que pese a la reapertura económica se encuentran vigentes para la fecha.
El asunto es que el cumplimiento de estas medidas lo debe realizar el alcalde ad hoc, quien es Juan Pablo Díaz Granados, designado el 17 de junio y hasta hoy posesionado.
Según el concepto del Juzgado, el alcalde ad hoc manifestó que no había tomado posesión de su cargo, por lo que no podía vigilar que la recolección de firmas para la revocatoria cumpliera los protocolos de bioseguridad.
“Ello significa, además, que tampoco ha resuelto el impedimento de la Secretaría de Salud de Medellín para fungir como garante del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por parte de los comités de revocatoria y el acatamiento de las disposiciones prescritas en la Resolución No. 777 de 2021″, dice el documento.
El problema es que los días 17 y 18 de junio de 2021 los registradores especiales de Medellín hicieron entrega de los formularios de recolección de apoyos ciudadanos a los comités de revocatoria denominados “El pacto por Medellín te salvará; porque te amamos, te vamos a recuperar”.
Por eso aseguraba el Juzgado: “Esta decisión, a juicio del Despacho, puede contribuir a que se incremente el número de contagios por covid-19, resultantes de un proceso de recolección de firmas, en donde no está garantizada la verificación en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad requeridos, con lo cual se pone en riesgo no solo el derecho a la salud de los habitantes de Medellín, sino que, eventualmente desconoce el debido proceso que debe seguirse en el proceso de revocatoria”.
Por este motivo, el Juzgado consideró “que están dadas las condiciones establecidas en el artículo 7º del Decreto 2591 de 1991 para una medida provisional en el presente trámite constitucional, la cual consistirá en ordenar a los comités de revocatoria del mandato del alcalde de Medellín, denominados “El pacto por Medellín te salvará; porque te amamos, te vamos a recuperar”.
Adicionalmente, a “Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín”, se le ordenó suspender a partir del día jueves 24 de junio de 2021 la recolección de apoyos ciudadanos hasta tanto se profiera sentencia en este trámite constitucional.