SEMANA: ¿Qué se está implementando para garantizar prestación del servicio de justicia en cuarentena? ¿A qué podrá acceder la gente?Diana Remolina: Los procesos judiciales están suspendidos salvo acciones que son prioritarias de la administración de justicia. Estas son las acciones de tutela, cortes, las audiencias con personas privadas de la libertad, de control de garantías y los jueces de ejecución de penas con las solicitudes de libertad. Estas acciones están resumidas fundamentalmente a los bienes más importantes de la Carta Política, que son la vida, la salud y la libertad.SEMANA: ¿Qué van a hacer para atender la tutela?D.R.: Hemos dispuesto para cada uno de los edificios judiciales del país unas direcciones de correo electrónico en la cual podrán presentar las acciones de tutela. Y desde esa dirección, la Rama Judicial hará el reparto a los jueces que están trabajando desde su casa. Por vía correo electrónico se podrá interponer la acción de tutela y los jueces a su vez dar respuesta. "Creo que esta crisis nos va a permitir remover una cantidad de obstáculos para que podamos entrar de lleno a las tecnologías en la administración de justicia"SEMANA: ¿Es suficiente con abrir los canales del correo electrónico para que se garantice la legalidad del proceso? En redes se escuchan muchos interrogantes alrededor de la firma electrónica y otros requisitos para poder identificar al accionante…D.R.: Creo que esta crisis nos va a permitir remover una cantidad de obstáculos para que podamos entrar de lleno a las tecnologías en la administración de justicia. Tener la certeza de que la persona que está escribiendo es realmente la autora del documento es una preocupación grande de los jueces y los que intervienen. Si, por ejemplo, mando ese correo electrónico, se reparte a un juez, el juez hace su sentencia y la manda al ciudadano, ¿cómo se garantiza que ese documento de sentencia no sea modificado? ¿Si realmente lo está enviando el juez? Preocupaciones como estas son las que han detenido que esto se pueda hacer libremente. ¿Qué nos dicen los técnicos? Los correos electrónicos de la Rama Judicial son seguros, manejan un mecanismo de encriptación que permite hacerle trazabilidad al documento permitiendo rastrear de dónde salió y a dónde llegó, y si fue objeto de cambios en el camino. Hay jueces que lo aceptan; otros, no. Hay otros que tienen dudas, pero vamos a tener que trabajar en esto. Esto va a hacer un aprendizaje que nos va a quedar de esta crisis, remover los temores a la tecnología. "Hago un llamado a la sensatez para que las personas busquen la protección de esos derechos que realmente no dan espera"SEMANA: ¿Hoy se pueden interponer acciones de tutela desde cualquier parte del país a través de correo electrónico?D.R.: Sí, hay una dirección de correo electrónico para cada uno de los distritos judiciales. Nos han preguntado, por ejemplo, a dónde mandar los de Leticia. Leticia, incomprensiblemente, es del Distrito Judicial de Bogotá. Solo quisiera hacer un llamado a la ciudadanía para que solo presenten las tutelas más importantes. Todos los derechos fundamentales son importantes, pero estamos hablando de la salud, la vida, para que nuestros jueces puedan atender estas tutelas con tranquilidad. Aquí se presentan 700.000 tutelas al año, en esta crisis hago un llamado a la sensatez para que las personas busquen la protección de esos derechos que realmente no dan espera. 

SEMANA: Ya salió el primer caso de atención por coronavirus vía tutela, ¿qué decidió el juez? D.R.: La información que nos llegó es que una persona que ingresó del extranjero se hospeda en un hotel en Bucaramanga para no contagiar a sus padres. La señora está con síntomas de coronavirus y le dejan de prestar servicios en el hotel. Parece que las EPS tampoco la atendieron. El juez lo que hace es dictar una medida provisional para que las EPS y la Secretaría de Salud de Bucaramanga dispongan las medidas para restablecer los derechos de esta señora. Allí es donde esta tutela, atendida por los jueces desde su casa, le permite la complexión de los derechos de ella. SEMANA: En el caso de los jueces de control de garantías se trata de audiencias a la que asisten varias partes. ¿Qué mecanismo se ha dispuesto? D.R.: A estas audiencias acuden el detenido, la Fiscalía, el defensor. Entonces tenemos que reducir al máximo las audiencias en donde estas partes estén en contacto. ¿Para esto qué hemos hecho? Que nuestros jueces tengan elementos de bioseguridad, trajes, tapabocas. En algunas partes donde la infraestructura lo permite, hemos dispuesto que las audiencias sean separadas para que el juez esté en una sala y las partes en otra. Las salas se están desinfectando constantemente y hemos podido disponer de cámaras para que los jueces hagan las audiencias. En contexto:

SEMANA: ¿En qué terminó el caso de la jueza 26 de garantías que fue alertada por un detenido de padecer de coronavirus?D.R.: Inmediatamente después de que se advirtió que el señor tenía unos síntomas que podrían coincidir con coronavirus, la jueza legalizó la captura y suspendió la audiencia mientras que se solicitó a la Secretaría de Salud de Bogotá que se garantizara la prueba de este señor. La Secretaría fue muy eficiente, mandó un personal médico y finalmente lo que se dijo es que recomendaban aislar al señor por 14 días porque el paciente no tenía los criterios, ya que decía no haber tenido contacto con personas procedentes del extranjero. Una vez hecho esto, lo que hicimos fue disponer de todos los mecanismos tecnológicos para que la jueza pudiera hacer la audiencia por medios virtuales. Esto lo logramos y se informó a la Fiscalía, defensa y partes que se podían conectar desde cualquier parte con sus celulares o computadores. Sin embargo, la Fiscalía y la defensa manifestaron su deseo de ir a Paloquemao. Las personas fueron a Paloquemao, la jueza desde su casa y el señor virtualmente. A este señor se le impuso medida de aseguramiento en establecimiento de reclusión. Quiero llamar la atención en varios aspectos: 1. Que se pudo hacer la audiencia de manera virtual protegiendo a jueces y empleados del despacho, lo cual es nuestra responsabilidad. 2. Que la audiencia se pudo hacer por medios virtuales, pero que tenemos la participación de otras partes que también necesitan de protección, es decir, que hacemos un llamado a la Fiscalía, a la Procuraduría y a la defensa para que acudan a los despachos con tapabocas para proteger a las personas que acudan a las sedes. Y lo otro que hay que coordinar es dónde ubicar a estas personas recién capturadas mientras se resuelve su situación jurídica. SEMANA: Hay quejas porque no siempre funciona internet…D.R.: Hay casos donde nos han dicho, como en Bogotá, que no funcionó el internet. En Medellín dicen que algunas audiencias lo han intentado y no han podido; en otras partes nos dicen que los fiscales insisten en llevar a los detenidos a las audiencias judiciales. En otros lugares sencillamente no hay internet. En esos casos, donde literalmente no se pueda, vamos a tener que garantizar a las personas que se van a tener que ver. Para esto necesitamos que todas las unidades provean de elementos de protección a los funcionarios y a los detenidos que están llevando a las audiencias. Claro, nuestros jueces están diciendo, "a mí de qué me sirve el traje si los fiscales llegan tosiendo y estamos en audiencia".SEMANA: ¿Es suficiente tener un teléfono o un computador para realizar una audiencia virtual?D.R.: La Rama Judicial tiene dispuesta la posibilidad de hacer audiencias virtuales con un sistema seguro que a efectos judiciales garantiza la grabación y la identificación de las partes. Es un sistema que hoy en día funciona y que permite hacer 500 audiencias diarias a solicitud de los funcionarios. Eso lo manejamos desde el Centro de Documentación Judicial, que es el CENDOJ. Ahora que pasa, hay muchas iniciativas tecnológicas porque todo el mundo tiene a disposición Skype, Zoom y muchas herramientas tecnológicas que en un momento de crisis no debería limitar porque permiten agilizar estos trámites. Lo que tenemos que tener en cuenta es cómo vamos a tener esta información disponible para cuando la crisis pase. ¿Qué pasa si hacemos audiencia por WhatsApp y esa audiencia tiene que ser desgrabada para la segunda instancia o para recuperar una declaración en estas vías y no sabemos dónde está porque no quedó grabada? Debe de haber una forma de tener control sobre eso. Tenemos a la mano todo esto, pero es importante que podamos establecer parámetros y lineamientos mínimos de seguridad de la información que vamos a manejar por estas vías. Y en esto estamos trabajando con los técnicos para que haya unas seguridades básicas de la información. SEMANA: ¿Qué pasa si la situación se extiende por más tiempo?D.R.: Los términos están suspendidos hasta el 3 de abril y tenemos que responder con mucha urgencia cómo vamos atender todo lo que no está suspendido. Pero si esta situación se extiende, vamos a tener que revisar cómo reanudar los términos y entregar las herramientas para que la tarea judicial se pueda hacer. La tutela no está suspendida y en los últimos días ha bajado. El mercado se va a ajustando y por estos días los jueces no están rebosados de tutelas. Cuando entremos a Semana Santa hay vacancia judicial e históricamente las tutelas presentadas en esta época es baja. Esto lo menciono porque nos está dando tiempo de tomar las medidas urgentes y durante tres semanas para pensar en medidas más grandes en caso de que nos toque atender una crisis. Le recomendamos: 

SEMANA: ¿Es posible que se pueda hacer una audiencia con celular en mano mientras se garantice la grabación de la misma?D.R.: Ese es el ideal. Lo que estamos revisando con los técnicos y la oficina de la Dirección Ejecutiva es cómo dar esas orientaciones claras para que los jueces puedan atender eso de manera segura. Tenemos que tenerlo muy sólido en caso de que se levante la suspensión de términos y las audiencias judiciales tengan que ser miles y miles.  SEMANA: ¿Por qué la necesidad de la justicia como intermediaria de los títulos de alimentos? ¿No se deberían pagar directamente a la persona que los requiere?D.R.: Hay alimentos que son una prestación que está regularmente establecida, en donde A le tiene que pagar alimentos a B. En estos casos hay un aplicativo del Banco Agrario que permite que mensualmente se cobre este dinero. Pero hay otras situaciones donde se tiene que definir mes a mes el pago de alimentos. En estos casos, hay que diligenciar formatos cada mes y los aprueban el secretario y el juez del despacho con firma y sello. En estos casos es donde tenemos que generar reglas para que se puedan pagar los título. Nos deben preocupar porque son los alimentos de familias con procesos en curso, y seguramente hay madres que están sacando adelante sus niños y sus hogares.