La defensa del expresidente Álvaro Uribe acaba de llevarse un triunfo ante los tribunales en la disputa jurídica contra el periodista Daniel Coronell, quien lo demandó por el delito de calumnia. Aunque un juez había negado la solicitud de precluir el proceso en favor de Uribe, sin ni siquiera estudiar los argumentos, ahora, como respuesta a una queja, otro juez tendrá que decidir si cierra definitivamente el proceso.

El asunto tiene que ver con un proceso de vieja data, en el que el expresidente Álvaro Uribe había publicado, en abril de 2017, un mensaje en su cuenta de Twitter, en el que acusaba al periodista afirmando: “Entonces Daniel Coronel debe someterse a la JEP para que confiese su delito de narcotráfico”.

Este mensaje se convirtió en una denuncia y un proceso por calumnia agravada contra Uribe, quien luego se retractó en la misma red, en condiciones similares, desmintiendo el señalamiento de narcotraficante contra el periodista. “Aclaro y rectifico, Daniel Coronell, quien con inquina y sesgo ha maltratado la reputación de mi familia y de mi persona, NO es narcotraficante”.

Con esta retractación pública en twitter, el abogado Lombana presentó ante el Juzgado Ciento Veintiocho (128) Penal una solicitud de nulidad del proceso contra Uribe, por considerar que, según las normas, era un hecho superado.

Según los argumentos de Lombana, “su protegido (Uribe) se retractó de las manifestaciones hechas en el Twitter del 6 de abril de 2017 y lo hizo por el mismo medio el día 12 de ese mes y año, lo que indica que la acción penal no puede continuar”.

Decisión del juzgado 38 penal, en la que ordena estudiar y decidir la solicitud de preclusión que presentó la defensa de Uribe. | Foto: no

Pero al juez, de forma radical, no solo no escuchó los argumentos, sino que se negó a estudiar la solicitud de preclusión presentada. Por eso, ante esta decisión, la defensa de Uribe puso una queja y hoy los tribunales le dan la razón, un juez tendrá que estudiar y decidir de fondo si cierra este proceso dando validez a la retractación de Uribe.

“El apoderado legal del acusado se anticipó de manera indebida a la etapa de juicio oral, al presentar el medio suasorio que solo se erige como un mero elemento material y para esa etapa procesal no se ha incorporado al debate probatorio”, fue el argumento del juez para negar la solicitud de Uribe.

¿Si hubo retractación?

Entre los argumentos que estudio el juez para darle la razón a Uribe esta que, según las normas, un argumento para precluir el proceso es que, “dentro de las circunstancias objetivas que generan e imposibilitan iniciar o continuar la acción penal: la muerte del imputado o acusado, la prescripción, la aplicación del principio de oportunidad, el desistimiento, la amnistía, la oblación, la caducidad de la querella, el desistimiento, el pago, la indemnización integral y la “retractación” en los casos previstos en la ley”.

Y agrega, entre los argumentos que “no habrá lugar a responsabilidad si el autor o partícipe de cualquiera de las conductas previstas en este título, se retractare voluntariamente antes de proferirse sentencia de primera o única instancia, siempre que la publicación de la retractación se haga a costa del responsable, se cumpla en el mismo medio y con las mismas características en que se difundió la imputación o en el que señale el funcionario judicial, en los demás casos”.

Ahora, será otro juez quien dicte la que puede ser la última palabra en este otra disputa entre Uribe y Coronell. Lo que tendrá que decidir es si la retractación del expresidente en redes es suficiente para dar por superado el hecho y precluir la denuncia por calumnia agravada que puso el periodista.