Este 11 de agosto, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) hizo pública una carta abierta dirigida a la Corte Suprema en la que mencionó varias preocupaciones sobre la exposición indebida de periodistas y sus fuentes en el marco del proceso que se adelanta en la Corte Suprema de Justicia contra el senador Álvaro Uribe Vélez, quien en días pasados solicitó que el folio de su proceso sea público.

Esta es la carta abierta "La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) es una organización no gubernamental que defiende la libertad de expresión y promueve un clima óptimo para que quienes ejercen el periodismo puedan satisfacer el derecho de quienes viven en Colombia a estar informados. Bajo ese mandato, la Fundación hace seguimiento a los casos de periodistas que se encuentran en riesgo por el desarrollo de su oficio.

El pasado fin de semana se conoció que el Auto de la Corte Suprema de Justicia que define situación jurídica e impone medida de aseguramiento contra el expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez cita conversaciones entre, al menos, cinco periodistas y sus fuentes. Al respecto la Fundación para la Libertad de Prensa quisiera compartir que: Estamos documentando cada uno de los casos e identificando la referencia a periodistas y sus fuentes en la providencia para evaluar en detalle las implicaciones que tenga para la libertad de prensa y la inviolabilidad de la reserva de las fuentes.  De la parte resolutiva de la providencia judicial no se desprende asignación de responsabilidad o reproche legal a los periodistas mencionados y por lo tanto entendemos que la Corte considera, al igual que nosotros, que la actividad desplegada por los periodistas mencionados se presume legítima y está protegida por los artículos 20 y 74 de la Constitución.  Consideramos que cuando un organismo judicial, en sus investigaciones y a través de medios legales, tiene conocimiento de una conversación entre un periodista y sus fuentes: le asiste el deber simultáneo de proteger la libertad de prensa y perseguir el delito. La falta de claridad en la información conocida hasta ahora por la Corte ha hecho que terceros sugieran, sin fundamento, elementos de complicidad de los periodistas con las conductas investigadas. Por eso, invitamos a la Corte Suprema de Justicia a evaluar si a partir del debate público derivado de su providencia se requiere de una aclaración sobre las menciones a periodistas en su decisión. La ciudadanía tiene derecho a la información veraz e imparcial sobre estos hechos y resulta especialmente valioso que la Corte manifieste que accedió legalmente a esas conversaciones y que considera que la labor de los periodistas mencionados está protegida por la Constitución. Partiendo del deber de ponderación entre la investigación de delitos y la garantía de la libertad de prensa, es pertinente preguntar a la Corte ¿por qué considera necesario y proporcional identificar a periodistas y hacer transcripciones de las conversaciones que sostuvieron con sus fuentes en el cuerpo de la decisión? y ¿qué previsiones tomó la Corte para no violar la reserva de la fuente citando conversaciones en providencias que se volverán públicas? La Corte Constitucional ha reconocido que un elemento fundamental de la libertad de prensa es la libertad de fuentes. En el sistema constitucional colombiano NO hay fuentes prohibidas. Hacemos un llamado a la sociedad a valorar la importancia de que los periodistas cuenten con esta garantía sin la cual estaría en riesgo su derecho a la información. Dentro del análisis al que hemos sido invitados por varios periodistas, nos gustaría conocer las respuestas que puede ofrecer la Corte sobre estos puntos y todos aquellos que considere relevantes para una discusión abierta sobre los impactos de este caso en el derecho a la información.

Se trata de uno de los casos judiciales de mayor trascendencia en la historia del país, del cual el Estado de Derecho debe salir fortalecido, y que, tanto en su investigación como en su publicidad, menciona la labor de varios periodistas. La prensa ha contribuido a la vigencia del Estado de Derecho, y las garantías a la libertad de prensa no pueden quedar erosionadas cuando el Estado de Derecho actúa".