Desde el pasado 5 de septiembre de 2024, la Fiscalía recibió una solicitud de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, para suspender, por cuatro meses, las órdenes de captura que corrían en contra José Luis Pérez Villanueva, Loryin Emilio Pertuz Ballestas y Orlando Pérez Ortega, cabecillas y voceros del autodenominado grupo de las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada.

La Fiscalía hizo la verificación de los requisitos establecidos por la misma ley para este tipo de solicitudes, incluso cuando llegan del propio Gobierno, a través de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Según la Fiscalía, el propio comisionado de paz, Otty Patiño, certificó los acercamientos con ese grupo ilegal y, por tanto, se avanza en los diálogos.

“La determinación fue adoptada luego de realizar una valoración previa de los requisitos legales y las precisiones contenidas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, teniendo en cuenta los argumentos del alto comisionado para la paz, quien certificó una evolución en los acercamientos con esta estructura armada y resaltó la voluntad de transitar de la ilegalidad al Estado de derecho”, explicó la Fiscalía.

La suspensión de las órdenes de captura, de acuerdo con lo que manifestó la Fiscalía, tiene un rango o un espacio en el territorio, tendrá efecto en los municipios que conforman la Sierra Nevada de Santa Marta, entre La Guajira y Magdalena. Según el ente acusador, esas suspensiones se podrá extender a la ciudad de Bogotá en determinados casos y de acuerdo al avance de las negociaciones.

“Estos son: Barracas, San Juan del Cesar, Distracción, Fonseca, Riohacha, Dibuya, Hatonuevo, Albania, Ciénaga, Pueblo Viejo, Zona Bananera, Algarrobo, Aracataca, El Retén y Fundación. Asimismo, podrá extenderse a Bogotá cuando sea necesario que los representantes reconocidos por el Gobierno nacional asistan a actividades propias de las negociaciones de paz”, explicó el ente acusador.

Nuevamente y como en el caso de las disidencias del ELN, la Fiscalía advierte que la suspensión de las órdenes de captura no incluye los hechos que en adelante se conviertan en flagrancia y que trate de violaciones al Derecho Internacional Humanitario, sin embargo, otras conductas criminales quedarían exentas de acuerdo, con lo que manifiesta el ente acusador.

“La suspensión no tendrá efectos en situaciones de flagrancia respecto de conductas delictivas que constituyan graves violaciones de los derechos humanos, incluidas el secuestro y la extorsión, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario”, dijo la Fiscalía a través de un comunicado de prensa.

La Fiscalía suspendió las órdenes de captura a los cabecillas de las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada | Foto: Fiscalía General de la Nación

Además de las excepciones establecidas por la Fiscalía, los beneficiados con la suspensión de las órdenes de captura deben suscribir un acta de compromiso que prohíba a los firmantes incurrir en nuevas conductas delictivas y portar armas de fuego o prendas de uso exclusivo de la fuerza pública.