A pesar de que el presidente de la república, Iván Duque, anunció este domingo haberle solicitado al Congreso retirar la reforma tributaria radicada el pasado 15 de abril y trabajar en el texto de otra, las fuertes manifestaciones no han parado en varias regiones del país, dejando personas heridas entre civiles y policías, además de algunas muertes en confusos hechos que son investigados por las autoridades.
En medio de ese panorama, Munir Falah, el presidente y CEO de Cine Colombia, opinó a través de su cuenta en Twitter sobre el uso de la fuerza por parte de las autoridades y, como era de esperarse, lo trinado no pasó desapercibido.
“Actuar en beneficio de la mayoría, con mano fuerte, particularmente cuando las personas se manifiestan de manera vandálica y/o de forma ilegal, es lo mínimo que esperan los ciudadanos. Muchas veces se teme actuar en ese sentido por las críticas nacionales e internacionales”, publicó en la menciona red social.
Minutos después, el CEO de Cine Colombia agregó otro tuit: “Criticar con buenas intenciones se puede lograr sin necesidad de herir o polarizar. Si la persona afectada es inteligente, detecta quién lo hace de manera respetuosa y con el deseo de que por lo menos reflexione sobre la crítica. Quien no sea tan inteligente, simplemente se enoja”.
El presidente de Cine Colombia también celebró el anuncio del Gobierno sobre el retiro en el Congreso de la reforma tributaria. Recalcó que se terminó escuchando a los colombianos que se oponen a la iniciativa.
“Muy acertada la posición de retirar la Reforma Tributaria escuchando a la mayoría de los colombianos. El momento no es oportuno y la situación económica de todos los colombianos es muy compleja y difícil, particularmente el de las personas de los estratos económicos más bajos”, dijo Falah a través de Twitter.
El pasado sábado primero mayo, en las horas de la noche, el presidente Iván Duque ordenó la asistencia militar en las ciudades del país donde se han presentado situaciones de alteración al orden público.
“Como comandante de las Fuerzas Armadas, la figura de asistencia militar seguirá vigente en los centros urbanos, donde existe un alto riesgo para la integridad de los ciudadanos y donde se requiere emplear toda la capacidad del Estado para proteger a la población”, aseguró el presidente Duque.
De acuerdo con la consultora Colombia Legal Corporation, la asistencia militar en las ciudades está reglamentada en el artículo 170 de la ley 1806 que dice que se trata de un instrumento legal que puede aplicarse cuando se presenten hechos de alteración de la seguridad, ante el riesgo o peligro inminente para afrentar una emergencia o calamidad pública.
La asistencia militar es solicitada por los mandatarios locales, como alcaldes y gobernadores, quienes le hacen la petición al presidente de la república y es este el que toma la decisión de ponerla en marcha.
En el Código de Policía, la asistencia militar se explica desde el articulo 86 hasta el artículo 95, donde se desmenuza cómo funciona esta y qué papel deben cumplir las fuerzas militares en el caso de ser solicitadas como ayuda para detener una emergencia.
Cuando hay un hecho de seguridad o calamidad pública dentro de las ciudades, los primeros en atenderlos deben ser los policías, encargados de proteger a la población civil.
Sin embargo, cuando no pueden cumplir con su labor, sea por cuestiones de inferioridad numérica o por falta de armas de fuego se puede solicitar el apoyo del Ejército, pero sus acciones estarán limitadas por las circunstancias.
Luego de ser llamados para atender la emergencia, los militares tendrán que regirse por los protocolos que tiene el comandante de Policía, es decir, deberán seguir las instrucciones de la Policía y servirán como apoyo a las labores de la Policía Nacional de la jurisdicción.
La asistencia militar es de carácter temporal, según lo reglamenta la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana, lo que quiere decir que una vez se termina la emergencia y se supera, esta debe concluir.
Es importante resaltar que, de acuerdo con Colombia Legal Corporation, en el momento en que se ordena la asistencia militar, las fuerzas militares no pueden atentar contra la integridad física ni emocional de los manifestantes y solo se permiten aquellas herramientas que han sido aprobadas por la Constitución Política como los gases lacrimógenos.
Sin embargo, en el caso donde haya peligro inminente sobre sus vidas o las vidas de algún otro ciudadano, los militares y la fuerza policial podrán hacer uso de las armas y “proceder con contundencia”.