Mientras todo el país discutía sobre la condena de 35 años al general Jesús Armando Arias Cabrales, en el Congreso los militares protagonizaban uno de los pulsos más álgidos del año. Se trataba del segundo debate de la propuesta del Ministerio de Defensa sobre el fuero penal militar. El tema es de vital importancia para el estamento castrense, que siempre ha sostenido que libra dos batallas simultáneamente, una en la selva y otra en los tribunales. Sin embargo, el proyecto que cursa en el Congreso ha encendido las alarmas no solo entre los congresistas, sino en organismos internacionales y ONG que ya le han pedido al gobierno que lo tumbe. Muchos de ellos señalan que ni siquiera el Ministerio de Justicia quiso firmarlo. Estas son las cinco principales críticas. Adiós a los falsos positivos El primer mico es casi un orangután. El proyecto señala que “en ningún caso la justicia penal militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado”. En términos coloquiales las ejecuciones extrajudiciales son los falsos positivos. El problema es que como el delito de ejecuciones extrajudiciales no existe, otra ley tendría que crearlo. Esto podría hacer que los casos que se llevan hoy, que son por asesinato y dan penas de más de 40 años, pasen a la justicia penal militar. El senador Iván Cepeda explicó la magnitud de esta excepción pues de las 3.400 investigaciones que tiene la Fiscalía contra 5.700 militares, el 87 por ciento son por presuntos asesinatos. El ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, aseguró que los falsos positivos no pasarán a la justicia penal militar. Que no los juzguen por el DIH Los militares proponen que salvo en seis casos (genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado), cualquier violación al derecho internacional humanitario sea conocida por la justicia militar. Esto va en contravía de la jurisprudencia de la Corte Constitucional que en numerosas sentencias ha dicho que la justicia ordinaria debe conocer ese tipo de infracciones: Podrían quedar por fuera de esta el uso de métodos de guerra ilícitos, el ataque a colegios y acueductos, la toma de rehenes, entre otros. Un añito más… El proyecto le da un año a la Fiscalía para que, en coordinación con la justicia penal militar, identifique todos los procesos que hay contra la Fuerza Pública. Esto con el fin de que se puedan trasladar a la justicia penal militar muchos de los que hoy se encuentren en la justicia ordinaria. Para el senador Armando Benedetti esa disposición puede hacer que muchos procesos comiencen a prescribir pues mientras al proyecto le queda un año en el Congreso, un año de estudio en la Corte Constitucional y luego un año para que otra ley lo reglamente. Todo ese tiempo correría a favor de los militares. No son todos los que son Otra crítica que se le ha hecho a la reforma es que otros delitos, como los relacionados con la protección de la información y de los datos, quedarían en la justicia penal militar. Hasta ahora no hay claridad sobre qué podría pasar con las chuzadas, por ejemplo en el caso de Andrómeda. El senador Cepeda también alertó que podrían existir dudas sobre los crímenes sexuales pues el proyecto del gobierno excluye la violencia sexual, pero ese delito tampoco existe (lo que hay es acceso carnal violento, abuso sexual, etcétera). Ya no es la excepción Los críticos aseguran que la reforma diluye y debilita la independencia de la justicia. Esto porque la justicia penal militar hace parte de la rama ejecutiva del poder pues depende del Ministerio de Defensa. Para el director de Dejusticia, Rodrigo Uprimny, el proyecto es inconveniente “para el país y para las fuerzas armadas” pues el fuero deja de ser excepcional para convertirse en la regla general.