La Corte Constitucional tumbó la ley que suspendía el vencimiento del pase de conducción debido a que, según adujo en su momento el demandante, incumplía con el principio de identidad flexible en el trámite legislativo, al tiempo que iba en contravía con los artículos 157 y 160 de la Constitución Política de Colombia.

Con esta decisión muchos colombianos se preguntan no solo qué pasará con su licencia, sino cómo renovar este documento debido a que a algunos ya se les venció su vigencia desde el pasado mes de enero.

Ante esta inquietud, el viceministro de Transporte, Camilo Pabón, hizo claridad sobre lo que pasará en adelante tras la declaratoria de inconstitucional de la norma aprobada por el Congreso de la República.

El funcionario recordó que debido a que a más de 4′800.000 colombianos se les iba a vencer la licencia en enero de 2022, el Congreso de la República tramitó la ley 2171 que incluyó temas como el descuento del SOAT por buena conducta y la suspensión de la vigencia de la licencia de conducción.

“La ley únicamente aplica a quienes se les vence la licencia entre el 1 de enero y 31 de enero de 2022. Podrá transitar sin necesidad de cambiar el plástico y la ley le da tiempo para renovarla”, señaló al anunciar que se ha dado un tiempo más a algunos ciudadanos para ponerse al día con este trámite.

Sin embargo, se recomendó que si hay dudas sobre la fecha de expiración del pase, una persona puede ingresar a la página web del RUNT y ver con precisión las fechas en las que debe realizar nuevamente el trámite.

Las licencias para servicio particular no tenían vigencia en Colombia hace algunos años, pero desde 2012 se le dieron 10 años a los conductores y pasado ese tiempo, tendrían que renovarlas en 2022. “Es por eso que en algunos plásticos, incluso, no les sale fecha de vencimiento, pero también deben renovarlo”, indicó, Pabón.

El funcionario recordó que el vencimiento para las licencias de conducción en mayores de 60 años, no son de 10 sino de 5 años y en el caso de los mayores de 80 años, ese plazo se reduce de 5 a un año.

La decisión de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, tumbó una ley que suspendía el vencimiento de las licencias de conducción a partir del 31 de diciembre de 2021 y hasta por dos años.

Sin embargo, el alto tribunal amplió el plazo para renovarla hasta el 20 de junio de 2023, dando un tiempo para que los que no han hecho el trámite lo puedan hacer, por lo que si a una persona se le venció o está próxima a vencerse, tendrá hasta esa fecha para actualizar este documento.

El alto tribunal explicó que la decisión se tomó para evitar un colapso en el sistema de renovación de licencias de conducción y permitir a la ciudadanía contar con el tiempo suficiente para realizar este trámite.

“Aunque nosotros no conocemos el texto completo del fallo de la Corte Constitucional, lo acataremos. Esta medida solo es para las personas que se les vencía la licencia en enero de 2022, pero si se les venció en febrero, marzo y de ahí en adelante, no hay otro plazo”, explicó.

Y agregó que “estamos preparados para el trámite, pues hay 4.8 millones de colombianos que se les venció en enero, sumados a los que se les está venciendo cada mes. El sistema está con suficiente capacidad”.

Señaló que en el país existen más de 400 centros de reconocimiento y conducción, en los que una persona pueden practicarse el correspondiente examen médico. Para la renovación se requiere este examen y no se tiene que hacer el curso otra vez.

“Para este proceso se tienen que hacer dos pagos. El primero ante los centros de reconocimientos de conducción, es decir, los exámenes médicos. Estos centros tienen una tarifa regulada que tiene un piso y un techo. Los precios pueden variar”, indicó el viceministro.

Explicó que “el segundo pago es ante el organismo de tránsito para que expidan la licencia y el registro en el RUNT. Ambos pagos pueden estar rondando los 500.000 o 600.000 pesos”.