La liquidación Caprecom es un hecho. Desde el primero de enero del 2016, los 2,2 millones de usuarios de una de las EPS públicas más grandes, pero también más controvertidas del país, pasarán a 14 entidades donde, se espera, les presten una mejor atención. “Decidimos que no hay tiempo para más paños de agua tibia; la liquidación es la única salida (…) Así, vamos a dignificar, a mejorar el servicio de salud para 2,2 millones de colombianos que hoy tienen dificultades”, dijo este lunes el ministro de Salud, Alejandro Gaviria Uribe, cuando dio a conocer el Decreto 2519 de 2015, que da inicio a este proceso. Pero aunque el Gobierno asegura que todo está bajo control, no pocos están preocupados porque no saben a qué EPS serán asignados y cuál será el trámite correspondiente. Y no es para menos. Caprecom atendía, sobre todo, personas que no cuentan con los recursos necesarios para acceder a tratamientos de alto costo o para pagar una EPS privada, como los presos, habitantes de la calle, niños del ICBF, desmovilizados, desplazados y, por lo menos casi dos millones de personas registradas en el Sisbén. Sumado a eso los pacientes no podrán decidir, por ahora, a qué EPS les gustaría pertenecer. Será el Ministerio de Salud el que, de manera automática, los trasladará a su nueva Entidad Prestadora de Salud, entre las que pueden estar la Nueva EPS, Comparta, Emssanar, Capital Salud y Coosalud. ¿Cómo pueden saber los afiliados a qué EPS pertenecerán? ¿Desde cuándo? ¿Deben realizar algún trámite? Si no les gusta la entidad a la que quedaron afiliados, ¿podrán cambiarse después?   Como los interrogantes que surgen son muchos, el Ministerio de Salud respondió 17 preguntas sobre lo que necesitan saber los afiliados y trabajadores del proceso de liquidación. 1. ¿Por qué el Gobierno decidió liquidar la EPS Caprecom? Porque, pese a los esfuerzos por recuperarla, la entidad estaba en una condición crítica que le impedía garantizar los servicios de salud a todos sus afiliados. 2. ¿Qué trámite debo realizar para continuar afiliado al sistema de salud? Ninguno, el traslado lo realizará el Ministerio de Salud y Protección Social. A partir del primero de enero del 2016 se informará a los usuarios qué EPS los recibirán. 3. ¿Cómo puedo saber a qué EPS fui trasladado? Usted puede contactarse con la Secretaría de Salud de su municipio. También puede consultar la información en el Ministerio de Salud y Protección Social llamando a Bogotá al 5893750, a la línea gratuita nacional 018000960020. Así mismo, puede consultar en la Superintendencia Nacional de Salud, llamado a Bogotá al 4837000, a la línea gratuita nacional 01800513700. 4. ¿A qué Entidad Promotora de Salud (EPS) voy a quedar afiliado? Las personas serán asignadas a alguna de las EPS que prestan servicios en su municipio de residencia. A través de las páginas www.minsalud.gov.co y www.supersalud.gov.co, se dispondrá de un aplicativo para que sólo con ingresar el número de identificación el usuario pueda verificar la EPS que le corresponde. También puede acercarse a la Secretaría de Salud de su municipio. 5. ¿En qué IPS me van a atender? Si requiere una atención de emergencia para preservar su vida, puede acudir por urgencias a la institución más cercana. La EPS que le corresponda a cada usuario debe garantizar el acceso a los servicios de salud en los hospitales y centros de salud de su red. 6. Si no me gusta la EPS que me correspondió, ¿puedo cambiarme? A partir del primero de abril del 2016, usted puede seleccionar la EPS de su preferencia, siempre y cuando opere en el municipio donde vive. 7. Si me encuentro hospitalizado en los días del traslado de EPS, ¿quién cubre esos gastos? A partir del primero de enero del 2016, todos los gastos serán asumidos por las EPS receptoras, es decir, las que fueron asignadas a los usuarios. 8. Si estoy en un tratamiento continuo como por ejemplo diálisis o quimioterapias, ¿me lo suspenden? Las EPS que recibirán a los usuarios deben garantizar la continuidad de todos los tratamientos. Si se presentan problemas en la atención, puede comunicarse a la línea de atención de la Superintendencia Nacional de Salud, en Bogotá al 4837000, o a la línea gratuita nacional 01800513700 o al correo reclamoscaprecom@supersalud.gov.co. 9. Si tengo una cita con especialista o una cirugía programada en una fecha posterior a la liquidación de Caprecom, ¿debo volver a solicitarla o hacer todo el trámite de nuevo? Las EPS que reciben los usuarios de Caprecom deben garantizar la continuidad de todos los servicios. Confirme con la EPS receptora la institución en la que va a continuar su tratamiento o procedimiento. Ante cualquier problema comuníquese con la Superintendencia Nacional de Salud o a la Secretaría de Salud de su municipio. 10. ¿Las tutelas que ya estaban en aplicación se suspenden? Los efectos de las tutelas falladas a favor de los afiliados no se suspenden. Las EPS que reciben los afiliados deberán dar continuidad a las prestaciones que bajo este amparo se vienen brindando, para lo cual y en caso de ser requerido, la EPS receptora podrá solicitar al afiliado la presentación de la copia del fallo de tutela ya proferido con anterioridad. 11. ¿A qué canales de atención puedo acudir para más información? Usted puede contactarse con la Secretaría de Salud de su municipio. También puede consultar la información en el Ministerio de Salud y Protección Social llamando a Bogotá al 5893750, a la línea gratuita nacional 018000960020. Así mismo, puede consultar en la Superintendencia Nacional de Salud, llamando a Bogotá al 4837000, a la línea gratuita nacional 01800513700, o al correo electrónico reclamoscaprecom@supersalud.gov.co. 12. ¿Quién atiende a la población privada de la libertad? Caprecom en liquidación continuará con la prestación de servicios de salud a la población privada de la libertad bajo control del Inpec con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad hasta que esta actividad sea asumida por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC). 13. ¿Qué pasará con las deudas que tiene Caprecom con hospitales, clínicas y proveedores? Como parte del proceso liquidatorio, se atenderán las cuentas por pagar a cargo de la EPS. Es importante señalar que el Congreso de la República aprobó la ley de cupo de endeudamiento para la Nación, que incluye la apropiación de $500.000 millones para que el pago de las deudas de la EPS pública nacional Caprecom. 14. ¿Cuánto tiempo se van a demorar para pagarlas? El tiempo que tarde para el pago de deudas a los prestadores y demás acreedores corresponderá al proceso de verificación de las cuentas que registran los prestadores de servicios de salud. Se espera que a más tardar en un año la liquidación haya finalizado y los pagos hayan sido realizados. 15. ¿Cómo será la distribución de los afiliados? La distribución se realizará, en primer lugar, a las EPS del Régimen Subsidiado y el número restante se distribuirá en la EPS en las que la Nación tenga participación. 16. Si yo era afiliado a Caprecom y tengo algún problema en la atención con la EPS a la que fui trasladado. ¿Qué debo hacer? Puede comunicarse a la línea de atención de la Superintendencia Nacional de Salud, en Bogotá al 4837000, o a la línea gratuita nacional 01800513700. 17. ¿Las EPS que los reciben sí tienen capacidad para tener más afiliados? Sí, las EPS receptoras que participan en esta asignación no pueden estar en intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud o la Superintendencia de Subsidio Familiar. Tampoco pueden estar en trámite de retiro voluntario ante la Superintendencia Nacional de Salud. De esta forma se da una garantía respecto de la situación financiera de las EPS que recibirán esta población.