La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la petición que pedía suspender el proceso que se adelanta contra la elección de Alexander Vega Rocha como Registrador Nacional del Estado Civil. Con ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra se consideró que la solicitud allegada por una de las demandantes no tenía sustento o justificación jurídica.
La demandante sostenía que el Consejo de Estado, en la actualidad, estudia dos demandas contra Vega Rocha y su designación en el cargo, hecho que está restringido por el Código General del Proceso. “(...) Concluyó que no es jurídicamente viable proferir sentencia en el presente proceso, sino hasta después de que sea notificada la providencia que decida la nulidad del artículo 2° del Acuerdo 003 del 25 de junio de 2019″.
Sin embargo, no se encontró la vulneración a ninguna de las normas procedimentales, e incluso le advierte que las dos demandas de nulidad no “chocan” en este caso, por lo que la demanda que pide declarar la nulidad de los actos administrativos, contenidos en los “acuerdos 025 de octubre 13 de 2019″ y “todos los acuerdos relacionados con el nombramiento, confirmación y posesión del señor Alexander Vega Rocha, proferidos por los presidentes de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado.
En el estudio de la demanda, que ya superó la práctica de pruebas, se pedía que los presidentes actuales de las altas cortes repitieran la fase de entrevistas de los aspirantes “respetando los principios legales vulnerados: o en subsidio abrir un nuevo concurso de méritos y encargar a otra persona como Registrador Nacional del Estado Civil, mientras el nuevo concurso se lleva a cabo”.
En otras palabras, se pide repetir todo el proceso desde la postulación de los interesados en el cargo de Registrador, las entrevistas y todo el trámite de elección. Esto al considerar que se presentaron considerables irregularidades en todo el proceso de selección y designación.
En la otra demanda se pide que se repitan las entrevistas de los tres aspirantes cumpliendo todos los requisitos que exige la ley. Igualmente, se pide que los presidentes de las altas cortes que eligen al Registrador Nacional del Estado Civil valoren “nuevamente el cumplimiento de requisitos y la documentación aportada por los participantes; llevar a cabo de nuevo la entrevista pública de que tratan los artículos 13 y 14 del Acuerdo 004 de 2019, citando únicamente a los dos aspirantes que obtuvieron el mayor puntaje y, subsidiariamente, volver a efectuar el concurso de méritos para la elección del citado cargo”.
La acción judicial insiste en que Vega no cumple con los requisitos que exige la ley. Igualmente, se advierte que en este caso se presentó una modificación irregular y no justificada del lugar donde se iba a llevar la entrevista con los tres aspirantes y que jamás se conoció el concurso de méritos.
En este caso, el Consejo de Estado ya recibió la declaración de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, en calidad de presidenta de la Corte Constitucional, el magistrado Álvaro Fernando García Restrepo, en calidad de presidente de la Corte Suprema de Justicia, y la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, en calidad de presidenta del Consejo de Estado.
En un concepto enviado por la Procuraduría General, pidió rechazar las pretensiones de esta demanda, indicando que no se presentó ninguna falla e irregularidad.