La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP citó al excomandante paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, conocido como Jorge 40, a comparecer en audiencia pública de aporte de verdad para los días 26 y 27 de enero de 2023.
Tovar deberá asistir a una diligencia de preparación previa a la audiencia el 20 de diciembre de 2022. El excomandante paramilitar tiene esta única oportunidad para entregar aportes a la verdad que justifiquen su sometimiento a la JEP como supuesto sujeto funcional de la Fuerza Pública, según explicó la justicia transicional.
Un documento conocido por SEMANA revela cómo la Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene listas tres salas especiales denominadas en secuencia alfabética (D, E y F) encargadas de realizar las audiencias. Cada sala contará con la presencia de tres magistrados.
Cabe recordar que no solamente están citados Mancuso y Jorge 40, sino también el general (r) Jesús Arias Cabrales. En este último caso, por la investigación que se adelanta por la retoma del Palacio de Justicia.
En uno de los apartes del documento con el que se empiezan ajustar los detalles para escucharlos, se advierte que ante “la complejidad de los asuntos aquí relacionados y de los procedimientos que requiere su trámite, resulta indispensable que la Jurisdicción concurra al fortalecimiento operativo de la SDSJ para el cumplimiento de lo ordenado por el órgano transicional de cierre”.
Jorge 40 deberá ‘cantar’ en los estrados judiciales lo que sabe sobre los fenómenos de macrocriminalidad y victimización, que comprometieron a integrantes de los grupos armados ilegales que integró y lideró, y que, al parecer, pudieron determinar su incorporación funcional y material a la Fuerza Pública, así como las redes, nexos y patrones. También está citado Mancuso, aunque aún no se define fecha.
En el caso de Mancuso, los magistrados que lo escucharán en una audiencia, que aún no tiene fecha confirmada, son: Heidy Baldosea, María del Pilar Valencia y Pedro Elías Díaz.
Por su parte, la sala que escuchará a Jorge 40 está compuesta por los magistrados Sandra Jeannette Castro, Mauricio García y Juan Ramón Martínez.
SEMANA tuvo acceso al fallo de 95 páginas en el que la JEP específica cómo deben ser esos aportes del exjefe paramilitar que, entre otras cosas, señala el alto tribunal, “debe consistir en aportes presentes, efectivos y suficientes a la verdad plena que caractericen la condición de sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública, no con simples recuentos normativos ni mediante la exaltación –retórica– de sus relatos pasados como prueba fehaciente e indiscutible de su narrativa actual (autorreferentes), sino con descripciones detalladas acerca del rol que pudo desempeñar, inmiscuyéndose en las hostilidades incorporado al actor armado estatal”.
En su momento, SEMANA reveló la carta con la que Mancuso pedía pista en la justicia transicional. Se trata de un documento de 33 páginas en el que el excomandante paramilitar le pide a la JEP que se acepte su aporte a la verdad como testigo en el Caso 03, de falsos positivos en Colombia.
Este caso es el que adelanta la investigación por las “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”.
El testimonio del exjefe paramilitar cobra relevancia porque deberá aportar verdad, entre otras cosas, sobre la conformación, incursión, instalación, financiación y operación de las ACCU y de los bloques Córdoba, Catatumbo, Norte y Montes de María.
También, detallar, por ejemplo: si eran ciudadanos del común, funcionarios públicos o líderes políticos o gremiales, así como su actividad económica o productiva y la entidad que representaban. También deberá hablar sobre las instituciones del Estado, cuyos agentes o representantes hicieron acuerdos con integrantes de las ACCU y de los bloques Córdoba, Catatumbo, Norte y Montes de María.
Mancuso, según la JEP, deberá contar lo que sabe sobre los posibles responsables igualmente involucrados en la “planeación, ejecución y ocultamiento de la macrocriminalidad desplegada en desarrollo del conflicto armado no internacional”.