Este viernes jugaron tres loterías en Colombia, la de Santander, Medellín y Risaralda. Para el caso de la Lotería de Santander, el premio mayor es de $7.200 millones, la de Medellín tiene un premio de $9.000 millones y la de Risaralda tiene un premio de $1.400.
En el sorteo 4818 de la Lotería de Santander, el número ganador para el premio mayor fue el 5536 de la serie 254.
Sin embargo, también tiene otros secundarios de $1.000 millones, $500 millones, y otros premios de $100 millones, entre otros.
Por su parte, el número ganador de la lotería de Medellín fue el 6418 de la serie 225.
Asimismo, hay premios de $300 millones, $100 millones, $50 millones, entre otros.
Para el premio de $300 millones el número ganador fue el 6393 de la serie 287 y el número ganador de los $100 millones fue el 6316 de la serie 135.
Para la Lotería de Risaralda el número ganador fue el 0164 de la serie 197 del sorteo 2696 que fue jugado el viernes 18 de junio del 2021.
De igual forma, hay un premio de $100 millones y el número ganador fue el 7792 de la serie 004.
Asimismo, estos son los resultados de los chances del 18 de junio:
Dorado: mañana 0964 - tarde 9381
Culona: día 3235 – noche 0466
Astro Sol: 1035 Escorpión
Pijao de Oro: 4142
Paisita: día 2399 - noche: 4917
Chontico: día 4361 - noche 3611
Cafeterito: tarde 1091 - noche 4871
Sinuano día: 7341
Cash three: día 592 - noche 516
Play four: día 8253 - noche 2064
Saman: día 9376
Caribeña: día 0080
Motilón: tarde 8630 - noche 9024
Fantástica: día 9682 - oche 1036
Antioqueñita: día 7239 - tarde: 3327
¿Qué hacer si gana la lotería?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.
Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.
Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.
Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.
Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.
También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.
Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.
Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.