El Tribunal de Justicia y Paz ordenó la revisión del fallo en que la Corte Suprema de Justicia se inhibió de abrir investigación formal contra la exsenadora y ahora alta asesora de la Presidencia, Nancy Patricia Gutiérrez. La determinación se da al negar la expulsión de un paramilitar del proceso de Justicia y Paz.El calvario de Gutiérrez comenzó en abril de 2008 cuando Rocío Arias denunció ante los medios y la Corte Suprema que había oído que Gutiérrez, quien era en ese entonces la presidenta del Congreso, había recibido ayuda durante toda su carrera política de los paramilitares en Cundinamarca.
Pero la Corte Suprema de Justicia al investigar no logró concluir que la expresidenta del Senado y luego ministra del Interior, tuvo alguna relación, vínculo o se benefició de votos o recursos de los paramilitares, en especial, los que operaron en Cundinamarca. La propia Fiscalía denunció por falso testimonio a algunos testigos que trataron de vincularla con varios paras a la que fuera una de las adalides del uribismo en el Congreso.
Ahora el Tribunal de Justicia y Paz le pide a la Corte Suprema que revise si hay merito para retomar la investigación contra Gutierrez.En concreto, la providencia firmada por la magistrada Alexandra Valencia, ordena enviar el expediente a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia para que tal instancia "evalúe si encuentra mérito para continuar la investigación penal en contra de la ex senadora Nancy Patricia Gutiérrez y sus presuntos vínculos con estructuras paramilitares que al parecer apoyaron la campaña política para acceder al Senado en los comicios del año 2002". Para revocar un inhibitorio se requiere que surja una prueba sobreviniente, y ese no es el caso.Para revocar un inhibitorio se requiere una nueva prueba, y ese no es el caso.La decisión judicial también fue firmada por el magistrado Álvaro Fernando Moncayo y la magistrada Oher Hadith Hernández (con aclaración de voto) del Tribuna Superior de Justicia y Paz de Bogotá.Los magistrados se pronunciaron al resolver la petición la Fiscalía de excluir al paramilitar, Lus Alberto Medina Salazar, alias Cristo Malo, exintegrante del Bloque Central Bolívar. Medina, como postulado en el proceso de Justicia y Paz, debía hacer aportes y no volver a delinquir pero el ente investigador aseguró que este "no ha denunciado o entregado bienes para la reparación de las víctimas y no aportó información con relación a la ubicación de fosas comunes". Además relacionó un largo prontuario según el cual el postulado había reincidido en la ilegalidad luego de someterse a la justicia transicional.
Y es ahí que aparece el nombre Gutiérrez. La Fiscalía señaló que una de las faltas de Medina fue haber sido condenado por "falso testimonio" dentro del proceso que la Corte Suprema de Justicia seguia contra la exsenadora. El expediente de la corte tenía como fundamento, además del señalamiento de Rocio Arias, el testimonio del paramilitar Andrés de Jesús Vélez Franco, quien aseguró que ante el Alto Tribunal, que a finales del 2001 o principios del 2002, en un lugar conocido como El Tropezón, jurisdicción del municipio de Puerto López, Meta, asistió a una reunión donde Miguel Arroyave, comandante paramilitar del Bloque Centauros, dispuso apoyar la candidatura de Nancy Patricia Gutiérrez, en su aspiración al Congreso de la República, en los comicios del año 200213. Según Vélez, junto a otros paramilitares del Bloque Centauros, viajaron al departamento del Tolima, donde buscaron el respaldo del comandante paramilitar del Bloque Tolima, para impulsar la aspiración política de Gutiérrez. La decisión supone un pulso entre los magistrados de Justicia y Paz y la Corte Suprema. No es claro que los primeros puedan darle órdenes a los segundos.Por cuenta de esos señalamientos la corte citó a Medina a rendir declaración. En la diligencia este el postulado "dijo recordar una reunión en diciembre de 2001, en San Luis, Tolima, con presencia de los paramilitares alias Elias, Daniel y Arturo, en la que se habló del respaldo a tres aspirantes al Congreso de la República, de las cuales solo recordó el nombre de Nancy Patricia Gutiérrez", dice la providencia.
El Tribunal de Justicia y Paz, para determinar dónde estaba la verdad indagó y encontró que Medina rindió dos declaraciones ante la Corte Suprema de Justicia en el marco del caso contra Gutiérrez, en julio de 2010 y en abril de 2013. En estas el postulado narró y confirmó su versión. Esa versión –señala el Tribunal– coincide en algunos puntos con la de otros dos paramilitares que declararon haber escuchado la orden superior del comandante en Tolima de apoyar a Gutiérrez, aunque estos no pueden afirmar que tal respaldo se dio. Pero en su momento la Corte Suprema consideró que la versión de Medina no era creíble ni consistente con las de otros otros paras, además que estos aceptaron cargos por haber rendido falso testimonio en sus declaraciones contra Gutiérrez. Los magistrados de Justicia y Paz señalan que para decidir la expulsión de Medina hay que considerar si hubo un delito doloso después de la desmovilización y también que haya habido la pretensión de defraudar el proceso de paz al que se sometió y la voluntad de continuar cometiendo actos delincuenciales.Para el Tribunal esas condiciones "ciertamente parece no tener lugar respecto del postulado Medina, en virtud a que la conducta punible por la que fue condenado, no cuenta con la entidad suficiente para defraudar el valor superior de la paz y la reconciliación nacional (…) en tanto, no logra dejar en evidencia su intención de retornar a la ilegalidad o defraudar los restantes compromisos que le son exigibles".
Los magistrados de Justicia y Paz valoran que el postulado ha hecho aportes significativos sobre homicidios contra integrantes de la Unión Patriótica y claves para comprender el funcionamiento del Bloque Capital. Eso sumado a que durante su tiempo de reclusión ha tenido buen comportamiento. En sus descargos ante Justicia y Paz, Medina señaló que en sus versiones ante la Corte Suprema "En ningún momento mentí en esos testimonios, dije la verdad, aquí los que están mintiendo son otros y la justicia más temprano que tarde demostrará lo que estoy manifestando en este momento" y afirma que aceptó cargos por falso testimonio para evitar una condena severa.En síntesis, con las valoraciones señaladas, los magistrados le restan gravedad a la condena por falso testimonio y ordenan la permanencia de Medina en Justicia y Paz, al tiempo que se dispone la remisión del expediente a la Corte para que se analice si hay mérito para revaluar el fallo inhibitorio en favor de Gutiérrez.La decisión generará un pulso entre Justicia y Paz y la Corte Suprema de Justicia. No hay claridad de que los primeros magistrados puedan ordenarle a la máxima instancia en materia penal que revisen una decisión. Para revocar un inhibitorio se requiere que surja una prueba sobreviniente, y ese no es el caso.La Corte Suprema, al investigar preliminarmente a Gutiérrez escuchó a varios paramilitares –uno de los principales fue Medina– y su análisis concluyó que sus versiones no eran creíbles. Por eso, se inhibió de abrir investigación formal con la exministra y más bien compulsó copias para que los paras fueran investigados por falso testimonio. Luego Medina resultó condenado por haber mentido y tomando ese veredicto es que la Fiscalía solicitó su expulsión de Justicia y Paz.Si bien los magistrados de Justicia y Paz pueden concluir que el enredo no es suficientemente grave para expulsar a Medina, otra cosa es ordenarle a la la Corte Suprema que rehaga la tarea cuando esta instancia advirtió que los testigos mentían y luego eso fue corroborado con el veredicto de falso testimonio por el que fueron condenados. Así las cosas, no parece que el panorama de Nancy Patricia Gutiérrez vaya a complicarse.