Un no rotundo recibió la demanda que pedía anular la elección de María José Pizarro García como representante a la Cámara para el periodo 2022-2026. Con ponencia de la magistrada Rocío Araújo, el Consejo de Estado consideró que no existía ningún elemento para declarar la elección de la congresista por el Pacto Histórico.

La elección de María del Mar Pizarro, hija del excomandante del M-19 y excandidato a la Presidencia, Carlos Pizarro Leongómez, fue demandada por considerar que no podía inscribir su candidatura a la Cámara por la coalición del Pacto Histórico. Tras revisar la documentación se encontró que su hermana, María José Pizarro, también había postulado su candidatura por medio de la mencionada coalición por medio del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS).

“La señora María del Mar Pizarro García no podía inscribirse como candidata a la Cámara de Representantes, por el mismo partido, movimiento, o grupo político, en el que también se inscribía su hermana, María José Pizarro, para el Senado de la República”, precisa la demanda.

En este sentido, se señala que la ley es clara cuando advierte que estas acciones generan una anulación electoral. Citando el artículo 179 de la Constitución Política se reseña que no podrán ser congresistas aquellos que “tengan un parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad (…) se inscriban por el mismo partido, movimiento o grupo para elección de cargos, o de miembros de corporaciones públicas que deban realizarse en la misma fecha”.

Teniendo en cuenta que las elecciones para Cámara y Senado se realizaron el mismo día, el accionante insiste en que se incurrió en una causal de inhabilidad, por lo que la elección de María del Mar Pizarro debe ser anulada.

“Las hermanas Pizarro desde la inscripción de sus candidaturas no renunciaron, pudieron solicitar modificación de la lista o renunciar expresamente a las aspiraciones de cualquier de ellas, con el fin de no incurrir en causal de inhabilidad con reproches tanto de carácter electoral”, precisa la acción que ya fue admitida para su estudio.

Para el accionante, al no haber dimitido y seguir presentándose en la lista a la Cámara por el Pacto Histórico, María del Mar Pizarro incurrió en un “nepotismo político”, haciendo referencia a las restricciones que se fijaron frente a los clanes políticos familiares.

Sin embargo, para el Consejo de Estado no existe ninguna justificación para anular el proceso de elección. En este sentido, se llamó la atención frente al hecho que su postulación se hizo mediante una coalición política que está conformada por varios partidos. En el caso de María del Mar Pizarro, su apoyo fue emitido por una colectividad diferente a la que promovió la campaña de su hermana.

“El hecho de que las hermanas Pizarro se hayan inscrito por las coaliciones denominadas Pacto Histórico, al Senado y Cámara de Representantes, no quiere decir que sus postulaciones sean por la misma agrupación política, en tanto”. En el fallo de 23 páginas se cita jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Sala Electoral del Consejo de Estado.

Por esto, se recuerda que “quien se inscribe a través de este mecanismo mantiene su filiación y deber de lealtad con la organización que lo avala, sin que pueda predicarse la creación de una nueva colectividad y con ello, una pertenencia a esta que implique la coincidencia prohibida”.

Para la magistrada, “tampoco se puede decir que fue el mismo documento el que suscribieron las señoras Pizarro que permita inferir que se trata de la misma coalición, dado que los textos firmados parten de obligaciones contraías en acuerdos diferentes, de donde se extrae sin ninguna duda que esta alianza no implica la formación de una nueva entidad distinta de quienes se unieron para la suscripción del mismo”.

Por estos hechos, se concluyó que no existe ningún tupo de inhabilidad para que siga con su cargo.