Ante de que terminara el mandato del presidente, Iván Duque, en 2022, emitió el decreto con el cual determinó que los exfuncionarios que hubieran formado parte del Consejo de Seguridad Nacional serían considerados individuos de riesgo extraordinario o extremo, por lo que se estableció asegurar su seguridad a través de esquemas proporcionados por la Unidad Nacional de Protección (UNP), pero con el actual gobierno de Gustavo Petro decidió revocar esta decisión.
Petro reversó dos puntos y volvió a la asignación de esquemas con los criterios del decreto 1066 de 2015, ante la polémica que surgió en su momento de que estas asignaciones significaba una entrega casi automática sin evaluar si esto era necesario o no.
“Se deberá realizar una revaluación del nivel del riesgo de estas personas, para determinar si subsiste un nivel de riesgo extraordinario o extremo y, en tal caso, asignarles las medidas de protección ajustadas a las disposiciones vigentes”, señala el texto.
En el nuevo decreto se anulan los puntos 11 y 13, por lo que la asignación de esquemas de seguridad se harán bajo los criterios establecidos por el Decreto 1066 de 2015. Una determinación firmada por el presidente el pasado 2 de agosto y anunciada recientemente, que busca establecer criterios más rigurosos para la asignación de dichas protecciones.
Así, Petro quitó los apartados en los cuales se garantizaba automáticamente el esquema de seguridad a los funcionarios involucrados en extradiciones o miembros del Consejo Nacional de Seguridad.
Entre las justificaciones está que si bien hay funcionarios que firman extradiciones y ayudan al primer mandatario a hacer políticas de seguridad, es en el primer mandatario en el que recae la decisión final y la responsabilidad por las determinaciones tomadas.
“Que el Consejo de Seguridad Nacional tal como se establece en el Decreto 741 de 2021, es el máximo órgano asesor del Presidente de la República para la toma de decisiones en materia de defensa y seguridad nacional, asesora al presidente de la República en la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas para la seguridad nacional, con el objetivo de coordinar los esfuerzos de los ministerios y otras entidades del Estado”, dice el decreto.
Además, el texto indica que se otorgan 10 días hábiles a la UNP para reevaluar el nivel de riesgo de las personas que ya no están incluidas en el decreto de protección, si el peligro persiste se les asignarán medidas de protección ajustadas a las disposiciones vigentes.
También se señalaron algunas indicaciones dadas por la UNP respecto a que no es necesario incluir la categoría de líder religioso en el decreto de protección, pues de acuerdo con la labor que ejercen en las comunidades, pueden ser categorizados como “líderes sociales, defensor de derechos humanos, líderes de víctimas, líder de comunidades étnicas, entre otros”.
El mandatario enfatiza sobre las funciones de la UNP: “La Unidad Nacional de Protección, estableciéndose, como objetivo principal, el de articular, coordinar y ejecutar la prestación del servicio de protección a aquellas personas que determine el Gobierno nacional”.
De acuerdo a lo estipulado en el texto, si después de la evaluación no se ve el riesgo extremo o de peligro para sus vidas, se procederá a retirarles el esquema que se les otorgó con base en los criterios del Gobierno anterior.