Se aproxima la decisión de la Corte Constitucional respecto de la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan adoptar menores de edad. La decisión está en manos del conjuez y exmagistrado Jaime Córdoba Triviño, quien desde cuando conoció el caso tiene un plazo de hasta 15 días para dar su veredicto. El ponente de la decisión hasta ahora favorable, el togado Jorge Iván Palacio, había solicitado el concepto de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) acerca del tema. El documento de ocho páginas, signado por el alto comisionado del ente multilateral, Todd Howland, señala que “ni el sexo ni la orientación sexual de potenciales padres adoptivos pueden ser impedimentos generales a la adopción de niños”. El texto reiteró que “la orientación sexual y la identidad de género del niño, de sus padres, tutores, representantes legales o familiares son motivos respecto de los cuales está prohibido discriminar bajo la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia”. “La discriminación con base en prejuicios y papeles estereotipados para hombres y mujeres también está prohibida en el Derecho Internacional, incluso en la determinación del interés superior del niño”, añadió Howland. El revolucionario concepto va más allá. Plantea que no existe evidencia alguna de que el sexo u orientación sexual de los padres estén relacionados en sí mismos con la capacidad de cuidar del bienestar de los niños, tal como lo ha intentado hacer ver en su concepto acerca del mismo la Procuraduría General de la Nación. De hecho, el procurador Alejandro Ordóñez -quizá sabedor del sentido del dictamen de la ONU- intentó en su pronunciamiento deslegitimar por anticipado el concepto del organismo, por el simple hecho de que no fue allegado dentro de los folios por la Corte Constitucional, lo que lo hizo suponer extemporaneidad. Naciones Unidas, entretanto, hizo un llamado al Gobierno para que se garanticen en igualdad de condiciones los derechos para todas las parejas independientemente de su orientación sexual. “El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por su parte, ha recomendado a Estados que reconozcan legalmente a las parejas del mismo sexo y ha expresado su preocupación por la ausencia de marcos jurídicos adecuados para proteger los derechos de estas parejas”, dice la ONU. El ente recalcó que “el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas hace hincapié en que lo que es particularmente importante para el desarrollo físico, personal y psicológico de los niños en la primera infancia es un pequeño número de relaciones sociales y afectuosas, no hace diferencia basada en la orientación sexual de los padres, ni de su género”. Con este y otros conceptos, queda por conocer cuál será la decisión final de la Corte Constitucional.