Este jueves 13 de enero de 2022 un juzgado de Medellín negó la acción de tutela interpuesta por unos ciudadanos que afirmaron haber sido suplantados en el marco del proceso de recolección de firmas para cumplir con una de las instancias iniciales para la revocatoria del alcalde de la capital antioqueña, Daniel Quintero.
En total 12 personas realizaron esta medida judicial con el fin de realizar una revisión a las planillas firmadas el 10 de noviembre de 2021, ya que según ellas, aparecen sus firmas en los documentos y estos jamás realizaron dicho acto.
En este sentido, el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín negó este recurso, ya que según el despacho, dicha tutela era improcedente.
“Cuando no se prueba la vulneración del derecho fundamental alegado, en este caso aportando las constancias sobre la falsedad que se alega, resulta totalmente improcedente el mecanismo de amparo constitucional, ya que mientras no se establezca real y objetivamente la conducta punible que se atribuye sobre las firmas avaladas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el trámite de revocatoria del alcalde, la acción de tutela es improcedente”, cita un documento emitido por la entidad como respuesta.
Por su parte la Registraduría indicó que más allá del recurso como lo es una tutela, para la protección de los derechos presuntamente violados en el documento en el que se recolectaron las firmas, existen otros medios para velar por la defensa de los derechos de los ciudadanos afectados. Dicho esto, la suplementación o la falsificación de la firma se puede denunciar de manera formal ante la entidad correspondiente.
En consecuencia a esto, el organismo manifestó que las demandas de suplantación o falsificación de firma no son de su competencia, por ende argumentó que no puede validar o no la solicitud de los demandantes.
Estos argumentos de la Registraduría fueron analizados por el Juzgado Quinto, quien se acogió a ellos y por eso el fallo que determinó frente a la tutela.
Por su parte, el alcalde Quintero recientemente radicó una tutela ante el Tribunal Administrativo Oral de Medellín en contra de la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral (CNE), con el fin de que se revise el debido proceso de la revocatoria en su contra.
En ese sentido, la tutela de Quintero pide que un juez decida si se cumplió o no el debido proceso en la revisión de las firmas del comité de revocatoria, proceso que llevó a cabo la Registraduría, entidad que en su momento aseguró que las firmas eran válidas.
Entre tanto, si se llega a determinar que se violó el debido proceso, la Registraduría deberá entregar las planillas originales y definir un nuevo plazo para que se vuelvan a verificar las firmas. La tutela le cae también al CNE debido a que la entidad debe manifestar el origen y uso de los recursos del comité de la revocatoria, tema sobre el que se están solicitando documentos para que el equipo del alcalde revise las cuentas.
En ese sentido, se debería resolver primero la tutela para que la revocatoria pueda seguir su curso.
Daniel Quintero perdió la impugnación que presentó ante la Registraduría Nacional y, por esa razón, la revocatoria en su contra se mantiene en firme. Además, se determinó que las firmas presentadas por el comité promotor son válidas. El informe técnico de la Registraduría indica que de los 383.685 registros analizados, 132.908 son válidos, por lo que la solicitud de revocatoria es viable y ahora el Consejo Nacional Electoral deberá certificar los estados contables del comité promotor.