Mujeres, niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas en condiciones de discapacidad cognitiva fueron retenidos, asesinados y presentados como guerrilleros en combate por los integrantes de la Brigada XVI del Ejército Nacional con sede en Yopal (Casanare). A esa conclusión llegó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en la citación a imputación de cargos contra el general (r) Henry Torres Escalante, dos coroneles, tres tenientes coroneles, y otros diez oficiales, además de seis suboficiales por 303 falsos positivos que se presentaron en entre 2005 y 2008.

En la citación, la JEP indica que para mostrar más resultados operacionales en la lucha contra la subversión se puso en marcha un plan para reclutar personas que cumplieran ciertas características con el fin de retenerlos contra su voluntad para luego asesinarlos, ponerles un camuflado y armas de combate y reseñarlos como integrantes de grupos armados ilegales que delinquían en el departamento.

Para encubrir estas conductas criminales, resalta la JEP, los respectivos documentos operacionales eran elaborados con posterioridad a los hechos e incluían información que le daba un manto de legalidad. Igualmente, las víctimas eran reportadas como no identificadas para obstaculizar la judicialización, los cadáveres eran trasladados por los militares sin presencia de la policía judicial, lo que impedía una adecuada investigación. Igualmente, las víctimas eran equipadas con armas, munición y prendas para hacerlas pasar como combatientes; los efectivos denominaban a estos implementos el “kit de legalización”.

En la imputación de cargos, que se resume en 500 páginas, se advierte que durante años los pobladores del Casanare fueron estigmatizados y algunas familias padecieron con intensidad este fenómeno, para lo cual se utilizaron cerca de 140 millones de pesos, provenientes de los recursos de los contribuyentes, para financiar el accionar criminal de los imputados.

En las pruebas documentales y testimoniales recolectadas por la Sala de Reconocimiento de la JEP, se registró el asesinato de nueve mujeres, una de ellas en estado de embarazo, dos que se desempeñaban como trabajadoras sexuales y un joven con orientación sexual diversa. Frente a esta situación, es la primera vez la JEP imputará el crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género.

Igualmente, se tomó la decisión de imputar el crimen de guerra de utilización de niños, niñas y adolescentes por involucrar menores de 18 años como reclutadores o personas encargadas de participar en el engaño que condujo a la muerte a algunas de las víctimas. “Se determinó que tres niños, niñas y adolescentes fueron utilizados para participar en las hostilidades, y que la persona con orientación sexual fue víctima de un crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género”, explicó el magistrado Óscar Parra.

En estos dos últimos casos descritos, manifestó el magistrado, no son conductas ilustrativas del patrón criminal, pues la JEP considera que la especial vulnerabilidad de las víctimas y las graves circunstancias en las que se dieron los hechos ameritan la subsunción en los tipos penales correspondientes y su imputación como coautores a los responsables.

En el documento se advierte que los 22 militares vinculados tuvieron un rol esencial y determinante en la configuración del patrón criminal y participaron en conductas especialmente graves y representativas, sin las cuales no se hubiera desarrollado y perpetuado el plan criminal en el departamento.

Mientras que el exagente del DAS y los dos particulares contribuyeron, aunque de manera no esencial, en el desarrollo del patrón y del plan criminal. A todos ellos, la Sala de Reconocimiento les atribuye crímenes de guerra de homicidio en persona protegida, y crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada. A algunos, la Sala les atribuye crímenes de guerra de utilización de niños, niñas y adolescentes para participar en las hostilidades, y el crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género.

¿Quiénes son los imputados?

El excomandante de la Brigada XVI, mayor general (r) Henry William Torres Escalante, lidera la lista. El mayor (r) Gustavo Enrique Soto Bracamonte, el teniente coronel (r) Germán Alberto León Durán y el teniente coronel (r) Henry Hernán Acosta Pardo deberán responder por los crímenes que se cometieron a través de los aparatos criminales enquistados en la Brigada XVI sobre los que ejercieron poder de mando.

A título de coautores fueron imputados quienes realizaron aportes esenciales dentro de los respectivos subaparatos criminales a los que pertenecían, a partir de una división de funciones. Estos son el detective (r) del extinto DAS, Orlando Rivas Tovar; el teniente (r) Marco Fabián García Céspedes; el coronel (r) Wilson Camargo Tamayo; el capitán (r) Jaime Alberto Rivera Mahecha; el teniente (r) Edwin Leonardo Toro Ramírez; el teniente (r) Jhon Alexander Suancha Florián; el cabo primero (r) Gélver Pérez García y el teniente coronel (r) Marcolino Puerto Jiménez.

Bajo esta misma figura fueron imputados el capitán (r) César Augusto Cómbita Eslava; el capitán Miguel Andrés Sierra García; el mayor (r) Jorge Eduwin Gordillo Benítez; el mayor (r) Erwin Eduardo Duarte Rojas; el cabo segundo (r) Leandro Eliécer Moná Cano; el sargento primero (r) Wilfrido Domínguez Márquez; el sargento segundo (r) Wilson Salvador Burgos Jiménez; el sargento primero (r) Gildardo Antonio Jiménez Castrillón y dos civiles que cumplieron el rol de reclutadores: Wilson Rodríguez Mimisica y Miguel Fernando Ramírez.

Otros responsables que para la Sala de Reconocimiento no detentan la máxima responsabilidad frente a los hechos investigados dentro del caso 03: asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes de Estado, pero que a juicio de la magistratura deben ser llamados a reconocer responsabilidad en calidad de coautores son el coronel (r) Cipriano Peña Chivatá, el teniente (r) Zamir Humberto Casallas Valderrama y el sargento segundo Faiber Alberto Amaya Ruiz.