Luego de presentar ante un juez de Bogotá todas las evidencias con las que cuenta para pedir la condena contra Catalina y Francisco Uribe Noguera, la Fiscalía presentó sus conclusiones. En la diligencia, la delegada del ente investigador pidió condena por el delito de encubrimiento por favorecimiento contra los hermanos del asesino de la pequeña Yuliana Samboní. Para los investigadores, los hermanos tuvieron conocimiento de la existencia de una investigación en curso y por varias horas se abstuvieron de dar información a la Policía, aun cuando sabían que buscaban una camioneta, a su hermano Rafael Uribe y a una menor desaparecida.No obstante, el ente acusador fue claro en señalar que el delito que se les endilga no radica en no haber denunciado a su hermano. Tampoco en no suministrar información a las autoridades. La acusación se centra en que tomaron acción, con base a un conocimiento que ya tenían sobre la búsqueda de Yuliana Samboní por parte de las autoridades, para llevar a su hermano Rafael Uribe Noguera a ser internado en una clínica psiquiátrica. "Les dio tiempo suficiente para que cuando se conociera el paradero del cuerpo de la menor y el lugar donde estaba la camioneta, Rafael no respondiera por sus actos ante las autoridades y así garantizar la impunidad de los hechos", dijo el ente investigador. El rumbo de la audiencia tomó un giro radical con el sorpresivo pronunciamiento de la procuradora delegada que, por un lado, se inclinó por no apoyar la solicitud de condena de la Fiscalía y, por otro, sugirió que el aporte del celular de Francisco dentro del proceso se dio de manera irregular ya que, según su revisión del expediente, no hay constancia de un permiso explícito por parte de los acusados a su defensa para hacer traslado de sus celulares para que fueran tenidos en cuenta como prueba dentro del proceso. Para la Procuraduría esto constituye una violación al derecho a la intimidad. La defensa buscó desvirtuar los análisis que le realizaron al celular de Rafael Uirbe presentados por la Fiscalía durante el proceso, pues el teléfono -aseguró el abogado- había sido requerido para buscar material de pornografía infantil, y no para recuperar los chats. Además, la defensa alegó que hay una gran diferencia entre borrar y desinstalar una aplicación. Según lo narró el abogado, Catalina no borró la aplicación de WhatsApp, solo la desinstaló. A juicio de la defensa, el hecho de desinstalar la aplicación no quiere decir que la información haya sido borrada. Dicha información, según el ingeniero de datos que presentó el abogado de Catalina y Francisco Uribe, permanece dentro de la aplicación y para ser descifrada es necesario de un software específico que, según el abogado, la Fiscalía no tuvo en cuenta.