Diferentes reacciones generó el decreto presidencial y del Ministerio de Defensa sobre el uso de la fuerza por parte de los policías en diferentes escenarios como las protestas. El ministro de Defensa, Iván Velásquez, negó que las nuevas órdenes aten de manos a los uniformados.

Iván Velásquez Gómez ministro de Defensa | Foto: Guillermo Torres Reina - Revista SEMANA

“No se está quitando esa posibilidad de reacción del policía”, dijo el ministro Velásquez. Agregó que: “lo que establece el decreto, pero está además en las normas ordinarias para todo ciudadano, lo que significa el ejercicio de la legítima defensa propia o de un tercero. Entonces se equilibra, o más bien, se valoran los derechos que están en riesgo frente al derecho que se podría afectar, el derecho a la vida”.

Así mismo, indicó que: “siempre el derecho a la vida está por encima de cualquier otro derecho, inclusive el derecho a la propiedad. Entonces que la reacción del policía se produzca para proteger su vida o proteger la vida de un tercero está en todas las normas reconocidas como la legítima defensa y aquí lo que se hace es resaltar que la policía utiliza solo como último recurso cuando no tiene otra forma de defenderse que el uso del arma y que en todo caso la fuerza es en general también el último recurso”.

Sobre este nuevo decreto presidencial, el excomandante de la Policía de Bogotá, el general Eliécer Camacho, dijo que el gobierno le estaba amarrando las manos a los policías.

“En las protestas cuando se trata de capturar a quienes está generando los hechos violentos, se presentan otras acciones, como la de otros que tratan de impedir que se hagan efectivas las capturas y ahí se presentan los enfrentamientos, al policía le queda muy difícil diferenciar en ese momento a los violentos”, señaló.

El decreto indica que: “El personal uniformado de la Policía Nacional utilizará, en la medida de lo posible, medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza o a las armas de fuego”.

General William René Salamanca director de la Policía Nacional de Colombia, | Foto: Guillermo Torres Reina - Revista SEMANA

Agrega el documento que: “el uso de la fuerza y de armas de fuego solo se permitirá cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera la consecución del objetivo previsto. Este principio orienta la toma de decisiones sobre si es necesario emplear la fuerza y, en caso afirmativo, cuánta fuerza debe utilizarse y durante cuánto tiempo”.

Frente a la proporcionalidad en el uso de la fuerza, la Presidencia de la República estableció los siguientes parámetros: “El nivel de fuerza utilizado, los medios y los métodos empleados deben ser acordes con las variables de conducta, lo cual implica una valoración entre la situación a la que se enfrenta el uniformado y su respuesta, considerando el daño potencial que podría ser ocasionado. Así, los uniformados deben aplicar un criterio de uso diferenciado de la fuerza, determinado según el grado de cooperación, resistencia o agresión de parte de la persona a la cual se pretende intervenir y, con ello, emplear tácticas de control o uso de fuerza, según corresponda”.

La Policía debe hacer uso de la fuerza como último recurso, según el presidente Gustavo Petro. | Foto: ESTEBAN VEGA LA ROTTA

Sobre la utilización de armas menos letales, (AML) que por lo general se emplean en medio de movilizaciones que se salen de control, señala la Presidencia de la República que: “las AML deben ser el último recurso en la actividad de Policía, y siempre debe priorizarse el diálogo”.