El Gobierno expidió un decreto que establece la nueva ruta para el sometimiento de miembros de los Grupos Armados Organizados (GAO), quienes en caso de dejar las armas y reincorporarse a la sociedad civil podrían recibir beneficios jurídicos y económicos. En el Decreto 965 de 2020 se plantea que esta alternativa está destinada para los integrantes de las disidencias de las Farc, el “Clan del Golfo”, “Los Pelusos” y “Los Caparros”. En el decreto se afirma que el objetivo con esta iniciativa es “buscar una paz completa y garantizar la seguridad y la defensa nacional, enmarcada en el Plan de Desarrollo (2018-2022), cuyos pilares son la legalidad, el emprendimiento y la equidad”.
Los beneficiados serán quienes “efectúen presentación voluntaria con fines de sometimiento ante cualquier autoridad militar, de policía, administrativa y judicial”, y podrían recibir hasta el 50 por ciento de reducción de su condena. Adicionalmente, el beneficio económico consistirá en ayuda inmediata (alojamiento, alimentación, vestuario, atención en salud y transporte), apoyo psicosocial y los beneficios económicos para iniciar un nuevo proyecto de vida. Estos beneficios también acogen al núcleo familiar de las personas que se sometan a la justicia. “Cuando se trate de compañeros permanentes, su unión debe ser superior a los dos años en los términos de la Ley 54 de 1990″, explica el decreto. El Ministerio de Defensa será el encargado de proporcionar el lugar físico para el proceso de estabilización de los acogidos al decreto y sus familias. La cartera de Defensa tiene la responsabilidad de brindar las “instalaciones adecuadas para efectos de alojar a la persona y su grupo familiar, de manera que se procure la estabilización, permanencia e integridad personal, durante la primera fase, sin perjuicio de lo que se determine en el proceso penal correspondiente”. Emilio Archila, comisionado para la Paz del Gobierno, señaló que personas como Iván Márquez y Jesús Santrich tendrán un tratamiento “mucho más estricto”, que será evaluado por la justicia.
“El caso de Santrich, el caso de Márquez, por supuesto que el tratamiento será mucho más estricto y será obviamente algo que valorará no solamente la Fiscalía, sino los jueces de la República. En ese sentido, insisto, este es un decreto de tránsito a la legalidad; este no es un decreto de perdón o de amnistía”, afirmó Ceballos. Según el comisionado, el decreto también tiene en cuenta de manera integral los derechos de las víctimas, resaltando que quienes se sometan a la justicia deberán aportar para el derecho a conocer la verdad de las víctimas en el conflicto armado. “Las personas que se consideren víctimas en los términos de los artículos 11 y 132 del Código de Procedimiento Penal, de alguno de los integrantes de grupos armados organizados (GAO) que se acojan a la ruta establecida en el presente decreto, podrán ejercer sus derechos dentro de los respectivos procesos penales que se deriven del proceso de sometimiento individual, de acuerdo con lo establecido en la Ley 599 de 2000 y la Ley 906 de 2004, incluyendo el derecho a conocer la verdad de los hechos que conforman las circunstancias del injusto del cual han sido víctimas”, dice el decreto. Es importante resaltar que este decreto no aplica para el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Para esta guerrilla seguirá aplicándose lo establecido en el Decreto 128 de 2003, compilado en el Decreto 1081 de 2015. Esta semana, el ELN ofreció al Gobierno una propuesta para el cese al fuego bilateral, pero el presidente Iván Duque respondió que no le interesaba este ofrecimiento y que este grupo armado debía someterse a la justicia. “El ELN es un grupo terrorista que ha flagelado con barbarie al país por décadas. Colombia les exige que liberen los secuestrados y pongan fin a sus actos criminales”, escribió el mandatario.
“Nuestro Gobierno nunca dejará de cumplir (el) deber constitucional de enfrentar la criminalidad en todo el territorio”, agregó. Esta es la ruta de sometimiento individual: Fase de presentación del integrante: a cargo del Ministerio de Defensa Nacional. Fase de proceso de atención diferencial: a cargo de la Agencia de Reincorporación y Normalización (ARN) de la Presidencia de la República. Fase de presentación del integrante: está estructurada en tres (3) etapas. Primera etapa: presentación voluntaria con fines de sometimiento a la legalidad ante cualquier autoridad militar, de policía, administrativa y judicial. Segunda etapa: recepción a cargo del Ministerio de Defensa Nacional. Tercera etapa: certificación a cargo del Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (Cisil). Fase de proceso de atención diferencial: una vez el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (Cisil) certifique la pertenencia de una persona a un Grupo Armado Organizado (GAO) podrá ingresar al proceso de atención diferencial, que será establecido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), siempre y cuando la persona se encuentre en libertad.