El presidente de la República, Iván Duque, reveló desde Norte de Santander que firmó el decreto reglamentario sobre las 16 curules de paz, en el que se oficializa que los excombatientes de la extinta guerrilla de las FARC no podrán ocupar esos lugares en el Congreso de la República.
El jefe de Estado indicó que debe quedar claro que las víctimas deben ser las que ocupen las curules y no los victimarios, durante su intervención en el marco de la Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1821.
“Anuncio que se ha firmado el decreto a través del cual se reglamentan esas curules para las víctimas, con todas las salvaguardas, con todas las protecciones, para que ellos puedan tener su presencia en el Congreso de Colombia y hacer valer sus derechos”, sostuvo Duque.
Y señaló el jefe de Estado: “Aprovecho esta ocasión para decir que las víctimas que han sido flageladas y laceradas por la violencia merecen tener voz y voto en las deliberaciones del Congreso de Colombia y que debemos garantizar entre todos que habilitarles las curules a ellos es para que sean genuinamente para las víctimas y no tener una sola rendija donde los victimarios pretendan ocuparla”.
Expresó el Gobierno nacional sobre el contenido del decreto: “De acuerdo con el Decreto 1207, los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos 20 años, no podrán presentarse como candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz. El término de los 20 años es el comprendido entre el 1.º de diciembre de 1996 y el 1.° de diciembre de 2016″.
También dice el documento que “esta prohibición aplica igualmente para aquellos miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se desmovilizaron a partir del 1.° de diciembre de 2016, o que hayan reincidido en la comisión de delitos luego de haberse desmovilizado de manera individual y/o colectiva”.
Cabe recordar que hace varios días la procuradora general Margarita Cabello Blanco también había hecho referencia a las curules de paz y su eficaz cumplimento. “Los 16 escaños deben tener como únicos protagonistas a las víctimas del conflicto que provengan de las zonas definidas en el Acto Legislativo que regula el tema de las Circunscripciones Especiales para la Paz”, dijo.
Y detalló: “Siendo importante destacar que se trata de comunidades de los departamentos más golpeados por la violencia, como es el caso de Córdoba, Chocó, Cauca, Caquetá, Putumayo, Nariño, Norte de Santander, Bolívar, Antioquia, Sucre, Guaviare, Magdalena, Cesar, La Guajira, Tolima y Arauca”.
Otras prohibiciones anunciadas por el Gobierno nacional
No podrán presentarse como candidatos quienes hayan sido candidatos, elegidos o no, a cargos públicos con el aval de partidos o movimientos políticos con representación en el Congreso o con personería jurídica. Tampoco lo serán quienes hayan sido candidatos por un partido político cuya personería jurídica se haya perdido dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la inscripción.
Igualmente, no serán candidatos quienes hayan formado parte de las direcciones de los partidos o movimientos políticos antes señalados.