La decisión del presidente Gustavo Petro de negar la suspensión provisional por tres meses al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, por probadas irregularidades en una millonaria licitación pública, parece ser el punto de quiebre en las relaciones con la procuradora general de la nación, Margarita Cabello, pues ante la negativa del Ejecutivo de nombrar el reemplazo de este mandatario local, la procuradora advirtió la posibilidad del rompimiento del Estado de Derecho

“Ojalá que no se rompa la democracia con algunas instituciones como el presidente de la República, que desconociendo del Estado Social de Derecho, quiere incumplir una orden constitucional, en donde la competencia, elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, determinó que en Colombia la lucha contra la corrupción no solo la ejerce un juez penal si no la ejercen múltiples autoridades. La corrupción en Colombia sobrepasa los límites del mundo entero”, fue la contundente declaración de la Procuradora Margarita Cabello ante la decisión del presidente Petro.

Pero la advertencia de la procuradora Cabello, además de su contundencia, fue mucho más allá y prendió las alarmas por el proceso electoral que se está dando en el país y que ya despega con la inscripción de los candidatos.

“Me preocupa que en este momento de elecciones y de proceso electoral se esté dando vía libre a incumplir el Estado de Derecho y de democracia y dándole a los corruptos funcionarios electos popularmente, sancionados en estos tres años, poder de aspirar y querer, violando una decisión de la Corte Constitucional, inscribirse para ser candidatos de corporaciones públicas en nuestro país. No es posible que se les entregue la posibilidad de ser candidatos. La democracia se respeta, gústenos o no nos guste”, afirmó Cabello.

La carta que le envió el presidente Gustavo Petro a la procuradora Margarita Cabello. | Foto: NO

La Procuradora dejó claro su planteamiento jurídico con el que le respondió al mentado argumento del presidente Petro. “La Corte Constitucional determinó que la investigación, juzgamiento y la sanción contra servidores públicos, incluido los de elección popular, la debe realizar la Procuraduría General de la Nación, con la ratificación propia del Consejo de Estado”

Agregó en su argumento la Procuradora que “esa decisión fue ratificada por una sentencia de la Corte Constitucional, en Colombia, estado de derecho y democracia, todas las autoridades, incluyendo el presidente de la República deben obedecer las decisiones del órgano máximo como es la Corte Constitucional”

La decisión del presidente Petro

La Casa de Nariño y la Procuraduría General de la Nación enfrentan un nuevo choque de trenes como consecuencia de una decisión disciplinaria que impartió el organismo al mando de Margarita Cabello y que el Gobierno nacional pretende desconocer.

El 23 de abril pasado, la Procuraduría Tercera Delegada para la Contratación Estatal ordenó la suspensión provisional por tres meses al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, por presuntas irregularidades en una licitación pública.

Sin embargo, el presidente Gustavo Petro, quien en teoría debería expedir un decreto designando un encargado para dicho municipio —porque es una ciudad capital—, desconocerá la suspensión.

Al menos así se evidencia en una carta que el jefe de Estado le envió directamente a la procuradora Margarita Cabello el 25 de julio de 2023, donde argumenta, entre otras razones, que dicho organismo administrativo no tiene facultades para sancionar a un alcalde en ejercicio.

Es decir, la misma tesis de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que llevó a la justicia a tumbar el fallo que en su contra profirió el exprocurador, Alejandro Ordóñez, por el escándalo de las basuras cuando fue alcalde de Bogotá.

La procuradora Margarita Cabello y el presidente Gustavo Petro. | Foto: SEMANA

SEMANA conoció el documento de 24 páginas firmado con puño y letra.

“El presidente observa con preocupación que la medida cautelar de la suspensión provisional de un funcionario electo popularmente autorizada en la ley colombiana y ordenada por la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción”, se lee en la misiva.

Dice Petro que la medida cautelar “no es una de aquellas medidas restrictivas de los derechos políticos autorizadas en el Artículo 23 n.° 2 de la Convención ADH, ni reúne las exigencias mínimas de los estándares convencionales fijados por la Corte IDH en sus precedentes, lo que hace imposible que se proceda a expedir el acto de ejecución o cumplimiento solicitado por la autoridad administrativa, en cuanto se consumaría la violación de los derechos humanos políticos del electo popularmente (...), implicando un serio riesgo de la responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que, en el futuro, le sería reclamado a la República de Colombia”.

Gustavo Petro teme eventuales acciones judiciales futuras contra Colombia si acata la decisión de suspender al alcalde de Rioacha, por parte de la Procuraduría. | Foto: Guillermo Torres Reina

Agregó: “Encuentra, asimismo, el presidente, efectuando una interpretación del efecto útil y acorde con el principio Pro Homine, que solo el hecho que quien profiera la medida cautelar sea una autoridad no jurisdiccional y no en un proceso penal, desconoce la garantía material que acompaña el ejercicio del derecho político humano del Artículo 23 de la Convención ADH”.

El presidente “advierte que la medida cautelar restrictiva del derecho político que se le impone a un electo popularmente proviene de una autoridad administrativa disciplinaria, perteneciente a la estructura administrativa y funcional de la Procuraduría General de la Nación, dentro de un proceso administrativo disciplinario de naturaleza sancionatoria, lo cual entra en contradicción material con el estándar convencional fijado por la Corte IDH respecto de las funciones sancionatorias de este ente de control frente a los electos popularmente”.

Por tanto, “el presidente entiende, en virtud del control ex officio de convencionalidad efectuado, que no le asiste la obligación convencional de proferir los actos de cumplimiento o ejecución de la medida cautelar requerida por la Procuraduría Delegada Disciplinaria, en cuanto a que se consumaría la violación de los derechos humanos políticos del electo popularmente, implicando un serio riesgo de la responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que en el futuro le sería reclamado a la República de Colombia”.

Con la carta de Gustavo Petro a Margarita Cabello queda una pregunta: ¿cuáles serán las funciones de la Procuraduría? | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Por eso, Gustavo Petro pidió devolver la solicitud al funcionario administrativo de origen “para que adopte los correctivos convencionales que correspondan en el ámbito de sus competencias”.

Además, solicitó enviar su carta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos “para que obre como documento de cumplimiento de lo ordenado al Estado dentro del caso Petro para Colombia; a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; al embajador de Colombia ante la OEA para que sea puesto en conocimiento de los países miembros de la misma y sea leída en sesión ordinaria”.

Finalmente, el jefe de Estado anunció que remitirá los antecedentes de este asunto a la Fiscalía para que, si a bien lo tiene, adelante las actuaciones que considere pertinentes dentro de sus competencias.