La Secretaría Distrital de Movilidad ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros de 16.941 deudores por infracciones al código nacional de tránsito, cometidas entre 2016 y 2019.

La entidad aclaró que, a los ciudadanos embargados, en principio, se les motivó a realizar el pago de sus obligaciones a través de un cobro persuasivo, e incluso, se inició un proceso de cobro coactivo mediante la emisión y notificación del mandamiento de pago.

El subsecretario de Gestión Jurídica de la Secretaría de Movilidad, Paulo Rincón Garay, afirmó que gracias a la gestión realizada por la entidad, de enero a mayo del presente año, cerca de 44.000 ciudadanos con proceso de cobro coactivo, se pusieron al día con Movilidad. “Ahora bien, el cobro efectivo de una multa de tránsito lo que busca es prevenir acciones que afecten la seguridad vial”, dijo.

Las infracciones con sanción más cometidas por los ciudadanos en Bogotá en el último periodo son:

● Estacionar en lugares prohibidos.

● Ciclistas y peatones que no respetan las normas de tránsito.

● Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

● No realizar la revisión técnica mecánica y de emisiones contaminantes en los plazos establecidos.

● Conducir motocicleta sin acatar las normas de tránsito.

Este nuevo embargo se suma al que ordenó la Secretaría de Movilidad a más de 18.000 deudores a principios del mes de junio por infracciones al código nacional de tránsito, cometidas entre los años 2016 a 2021.

Con esta acción, la Secretaría Distrital de Movilidad esperaba recuperar una cartera que asciende a los 6.646 millones de pesos.

¿Por qué Movilidad podría embargarle?

Un ciudadano puede ser embargado por tener multas de tránsito y/o transporte sin pagar, saldos pendientes de deudas anteriores, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Una vez sea expedida la resolución, a través de la cual se declara al ciudadano como contraventor, la multa pasa a cobro coactivo, en un término que, por lo general, es de 30 días posteriores a la comisión de la infracción.

Tenga en cuenta que a los ciudadanos se les pueden embargar sus cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios.

¿Cómo solicitar un desembargo?

Si aún no se le ha debitado el dinero de la deuda y con el fin de evitar este descuento, el deudor puede realizar el pago de su obligación a través de los canales dispuestos por la Secretaría Distrital de Movilidad, a los cuales puede acceder por el sitio web: www.movilidadbogota.gov.co – Consulta y pago de comparendos. Aquí puede descargar el volante de pago, para realizar la cancelación de la deuda en el Banco de Occidente y/o Caja Social o Vía pago electrónico, por medio del botón de PSE.

Es importante tener en cuenta que el sistema liquida los intereses al día, por lo tanto, el pago debe realizarse el mismo día en que se generó el volante.

La Secretaría Distrital de Movilidad adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro); este procedimiento se surte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación, motivo de embargo, no registra saldo pendiente por cobrar de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado.

No obstante, y si lo prefiere, el ciudadano podrá realizar su solicitud ante la Secretaría de Movilidad de manera presencial o virtual, a través del correo electrónico: contactociudadano@movilidadbogota.gov.co, por medio de un formato sugerido que la Entidad ha dispuesto para este trámite, relacionando todos los datos correspondientes al desembargo.

Una vez hecha la solicitud de desembargo, queda en manos de las entidades, tanto bancarias como de registro, el tiempo y el desbloqueo efectivo de las cuentas, así como, los registros correspondientes.