El Consejo de Estado le acaba de dar medidas de protección al humedal La Conejera, en Bogotá, tras resolver una acción popular que pedía defender los intereses colectivos de la comunidad, frente a la licencia ambiental que recibió una constructora para la ejecución de un proyecto urbanístico.
El fallo determinó “ordenar al Distrito Capital de Bogotá - Secretaría de Planeación - Secretaría de Ambiente - Alcaldía Local de Suba para que, en caso de que no lo hayan hecho, en los términos del Plan de Ordenamiento Territorial, delimiten las zonas de protección del Humedal La Conejera con el propósito de que las autoridades encargadas de expedir Licencias de Construcción lo hagan con base en instrumentos legales idóneos y únicos, de manera que no exista superposición de áreas a partir de planos adoptados por autoridades diferentes”.
La orden del Consejo de Estado vincula a las secretarías Distritales de Planeación y de Ambiente de Bogotá y a la Alcaldía Local de Suba para que delimiten la protección del humedal, en aras de evitar licencias de construcción que afecten a áreas de protección ecológica.
Sobre la acción popular que pedía la protección de derechos e intereses colectivos sobre el uso del espacio público y a un ambiente sano, dice la sentencia del alto tribunal que “estas garantías se vieron afectadas por la concesión de una licencia ambiental que había recibido una constructora para la ejecución de un proyecto urbanístico, debido a que un porcentaje del área que se planeaba construir coincidía con la zona protegida del humedal”.
Aunque en una primera instancia, el Tribunal de Cundinamarca ya había concedido la protección, en segunda instancia el Consejo de Estado ratificó la decisión al confirmar que se produjo una violación a los derechos e intereses colectivos que se pidieron en la acción popular. Así mismo, se habrían revocado órdenes que se habían impartido la orden judicial del Tribunal.
La Sala que tomó la decisión ordenando las medidas cautelares a La Conejera consideró que en el expediente se aportaron suficientes pruebas para determinar que existió una vulneración en la protección del humedal. “Los exámenes periciales demostraron con suficiencia que la ejecución de la licencia ambiental otorgada para la construcción del proyecto urbanístico examinado tendría un impacto negativo para la conservación ecológica del humedal”, advirtió la Corte en un comunicado.
Los efectos que se habrían producido en el humedal están relacionados con la contaminación sonora, el deterioro del hábitat de las aves que hacen su paso y el de otras especies que dependen del ecosistema.
“La zona objetó de estudio está reconocida en el plan de ordenamiento territorial (POT) como parte del parque ecológico distrital de humedales, por lo que se trata de una zona protegida”, explicó el alto tribunal.