Desde el pasado mes de diciembre de 2022, la Procuraduría General de la Nación emitió un oficio dirigido al alcalde de la ciudad de Riohacha, en el departamento de La Guajira.
En dicho documento, solicitaban información sobre el manejo del proceso de contratación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en la ciudad y en la zona rural, a fin de corroborar la transparencia en el proceso de licitación pública.
Tras cuatro meses de investigación, en la mañana de este sábado 29 de abril la Procuraduría ordenó la suspensión del alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez Cotes, por un periodo de tres meses, debido a presuntas irregularidades el proceso de contratación de la empresa de acueducto.
El mandatario fue informado de su suspensión por la Delegada Disciplinaria de Instrucción para la Contratación Estatal, quien además le informó sobre la apertura de una nueva investigación.
Ahora bien, esta nueva indagación no solo incluye a Bermúdez Cotes, también están involucrados: asesores jurídicos para la contratación, secretario de obras y otros funcionarios; el punto en común de estas personas, es el manejo de la contratación y obras públicas de Riohacha.
La decisión tomada por la Procuraduría se da en el marco de la “Licitación Pública LP1008/2022, cuyo objeto fue contratar el operador para la gestión, financiación, operación, rehabilitación, construcción, diseño, expansión, reposición y mantenimiento de la infraestructura de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado sanitario en el Distrito de Riohacha”.
Al parecer, empezaron a notar irregularidades en el proceso licitatorio desde el inicio de la convocatoria, información que obtuvo la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Contratación estatal, quienes además daban sus observaciones a medida que avanzaba el proceso para “corregir probables fallas detectadas”. Incluso, el Ministerio Público sugirió suspender el proceso.
Aunque la licitación fue suspendida, según la Procuraduría, la documentación presentaba problemas que posteriormente afectarían a las partes involucradas, es ahí cuando el ente de control pidió hacer las correcciones pertinentes.
No obstante, a pesar de las advertencias, en marzo de este año, se conoció que la Administración de Riohacha, a través de la resolución 0311 suscribió el contrato con la Promesa de Sociedad futura Aqualia S.A.S. y E.P.S.
Advertencias de la Procuraduría
De acuerdo con la información conocida por SEMANA, emitida desde la Procuraduría, la respuesta de los interrogantes hechos al mandatario local deberán ser enviados al buzón quejas@procuraduria.gov.co y copia de esta al correo electrónico funcionpublica@procuraduria.gov.co con la mayor brevedad posible y teniendo en cuenta el cronograma del proceso.“
La Procuraduría Delegada Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, de acuerdo con la solicitud presentada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, inició vigilancia preventiva al proceso de contratación… Con el fin de anticiparse y evitar la ocurrencia de hechos que afecten los derechos de las personas y el patrimonio público, y promover el respeto de las garantías de los derechos constitucionales...”, se lee en el documento.
Desde la Procuraduría recomendaron a la entidad estatal aclarar la definición del área de prestación de servicio dentro de los documentos que hacen parte del proceso licitatorio, pues lo consignado en los mencionados documentos pueden dar lugar a diferentes interpretaciones sobre dicha área.
“Las áreas de prestación y cumplimiento de obligaciones del operador son la zona urbana y rural del Distrito de Riohacha”, anotaron desde la Procuraduría.
Respecto de la infraestructura de la que actualmente se dispone para la prestación del servicio público de acueducto y alcantarillado, en virtud del actual contrato de concesión y los que lo antecedieron, el ente preguntó al Distrito, “¿Cuál es la infraestructura y los bienes a revertir por el Concesionario?, ¿Se cuenta actualmente con un inventario de bienes actualizado?, ¿Cuántos y qué bienes objeto de reversión fueron declarados obsoletos?, ¿Cuenta actualmente el Distrito con el avalúo de los bienes objeto de reversión?, ¿Tiene un análisis sobre la vida útil de tales bienes?”.
La Procuraduría cuestionó “¿En qué periodicidad y porcentajes debe el operador realizar las inversiones mínimas relacionadas?”, ¿De qué manera proyecta el municipio que el operador recupere la inversión requerida para iniciar la operación?” y si las inversiones proyectadas por la entidad en este punto son necesarias y suficientes para la debida operación y cobertura de acueducto y alcantarillado, entre otras preguntas.
Finalmente, la entidad investigativa señaló sobre el contenido de la respuesta al documento emitido al alcalde, que se requiere que la información que se suministre sea de fondo y concreta, anexando los soportes que se consideren pertinentes.