La semana pasada la Corte Constitucional debatió nuevamente la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan adoptar menores, en el marco de una demanda que permitiría al alto tribunal definir el tema de fondo. Como se había anticipado, los magistrados se dividieron en la votación 4-4 de este asunto, que ahora deberá ser resuelto por el conjuez Jaime Córdoba Triviño. En este debate terció el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, que se jugó su carta en contra de lo que se ha dado en llamar adopción igualitaria, al enviar su concepto al despacho del magistrado Jorge Iván Palacio. Ese togado es el ponente de la decisión que se vota, que propone que las parejas del mismo sexo puedan adoptar menores de edad, con una serie de estrictos requisitos y condiciones, basándose específicamente en el interés superior del menor. El procurador Ordóñez le pone de presente al magistrado Palacio un estudio internacional publicado a principios de año que concluye que: “los problemas emocionales encontrados fueron dos veces más frecuentes en los niños con padres del mismo sexo que en los niños con padres opuestos” y que esto es culpa de los padres homosexuales. El concepto En el concepto de 22 páginas, conocido por Semana.com, el Ministerio Público adjunta un polémico estudio realizado por Donald Paul Sullins publicado el pasado 25 de enero en el British Journal of Education, Society and Behavioral Science, titulado ‘Emotional Problems among Children with Same-Sex Parents: Difference by Definition’. El análisis concluye que “el rango de problemas emocionales en los niños es menor en proporción de uno a cuatro cuando viven con los padres biológicos en relación con los niños que viven con parejas del mismo sexo”. No obstante presentar su propio estudio, que adjuntó completo a su concepto, el jefe del Ministerio Público terminó por lanzarle ‘dardos’ al alto tribunal por hacer parte del expediente los conceptos científicos solicitados por la Corte a varias universidades del país e instituciones públicas, además de algunos estudios científicos internacionales. Ordóñez le indicó a la Corte que “no es -ni debería ser- el avalador metacientífico o supracientífico de los estudios presentados, de tal manera que esa corporación pudiese descartar unos estudios porque le parecen adecuados a los parámetros actuales de 'cientificidad' y rechazar otros por lo contrario, o porque, según su parecer, responden a sesgos ideológicos o, simplemente, contradicen la jurisprudencia constitucional (que, obviamente, no es un parámetro científico)”. “Por el contrario (…), el parámetro para juzgar constitucionalmente las normas demandadas no puede ser otro que las normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad pertinentes, y no las conclusiones (además parciales o experimentales) de la ciencia”, puntualizó el procurador. Para Ordóñez es claro “que una pareja conformada por dos hombres no puede ofrecerle al niño más que dos papás y la ausencia de una mamá. Precisamente por eso el legislador diseñó la adopción como una institución tal y como está en la actualidad velando por el interés superior del menor”. Polémica por estudio Para sustentar dicha posición, el procurador empleó varios conceptos científicos que no pasan de ser un pie de página en el texto. Sin embargo, llamó la atención que anexó completo el análisis de Sullins, un antiguo clérigo anglicano ordenado luego sacerdote dentro del catolicismo en mayo del 2002, gracias a una “provisión pastoral” establecida por el papa Juan Pablo II en 1982. Ello le permite mantenerse casado (lo es desde 1985). Es padre de tres hijos, dos de ellos adoptados y provenientes de Corea del Sur y China, y abuelo de dos nietos. Actualmente es profesor asociado en el Departamento de Sociología de la Universidad Católica de América, en Washington (EE. UU.), posición que combina con la de vicario en la cercana parroquia de San Marcos Evangelista, en Hyattsville, Maryland. Su trabajo, titulado ‘Emotional Problems among Children with Same-Sex Parents: Difference by Definition’ (Problemas emocionales entre niños con padres del mismo sexo: diferencia por definición) levantó ampolla en Estados Unidos, donde el matrimonio y la adopción gay son cuestiones candentes. La revista The Atlantic recuerda que los argumentos del estudio no son nuevos y que a la par que crece la cantidad de estados de la unión americana que reconocen el matrimonio gay “un pequeño número de académicos han señalado que los hijos de parejas del mismo sexo están expuestos a más riesgos potenciales que los de sexos opuestos. Esto, a su vez, ha sido usado como evidencia contra la adopción y el matrimonio gay”. Señala la publicación que el hecho de que algún otro estudio ayude a sustentar este trabajo no quiere decir que las conclusiones sean verdad. “De hecho, muchos, muchos más trabajos tuvieron conclusiones opuestas”. No tan cierto “Las investigaciones (…) han desarrollado un consenso académico que muestra que los niños criados por parejas del mismo sexo no están en una desventaja importante”, escribió en un correo electrónico dirigido a la revista el sociólogo de la Universidad de Stanford Michael Rosenfeld. “El texto de Sullin no sólo es un razonamiento en contra del matrimonio gay. Es un argumento presentado en forma de ciencia, completo, con citas académicas, pruebas de hipótesis y evidencia estadística. No es simple materia de ideología, es una cuestión de cómo la ciencia social es empleada para promover logros ideológicos y el único poder que esto tiene en la esfera pública”, apunta la autora del artículo de The Atlantic, Emma Green. Añade la nota periodística otros detalles que objetan el análisis de Sullin. El British Journal of Education, Society & Behavioural Science, en el que aparece el estudio, es una publicación que no está afiliada a ninguna sociedad académica y en la que los autores deben pagar para que sus trabajos sean publicados. De hecho, el editor del Journal es una empresa con fines de lucro. También se critica la revisión de pares que se hizo del documento. El profesor Phillip Cohen, de la Universidad de Maryland, fue consultado por la revista y respondió acerca de este y otros tres textos de Sullins: “No quiero dar a entender que los tres son ilegítimos sólo porque se presentan en una publicación con fines de lucro, revisado por académicos de bajo estatus de países en desarrollo”, dijo en referencia a que la mayoría de pares que revisaron en el trabajo (algunos anónimos) fueron de países como Brasil, Rumania, Taiwán o Nigeria. “Pero al mirar a la evidencia hasta ahora vista, creo que es justo decir que lo que allí se publica es falso”, agregó el académico. La polémica académica continúa y preocupa que una cuestión ideológica termine empaquetada como un estudio científico. Entretanto, será la Corte Constitucional la que tenga que decidir sobre el tema en Colombia. El hecho de que el conjuez sea Córdoba Triviño da una luz de esperanza a la comunidad LGBTI acerca de que sus derechos serán reconocidos, dado el talante progresista del exmagistrado. En breve veremos qué será lo que finalmente se decida.