El exsenador Otto Nicolás Bula, uno de los principales implicados en el escándalo de Odebrecht, perdió la tutela con la que buscaba revivir una medida cautelar para nombrar un administrador judicial para seis millonarios predios de su propiedad ubicados en Montería, Córdoba.

Bula pedía la protección a los derechos al debido proceso y acceso a la administración de la justicia, al considerar que se habían vulnerado por la decisión del Juzgado Civil del Circuito de Sahagún (Córdoba).

El excongresista cuestionaba la posición de la justicia con la designación de los administradores que serían los encargados de realizar la planeación, organización, dirección, realización y ejecución de las actividades económicas con el único fin de que esos predios se perdieran.

“La tutela no es instrumento para definir cuál planteamiento hermenéutico en la hipótesis de subsunción legal es el válido, ni cuál de las inferencias valorativas de los elementos fácticos es la más acertada o correcta para dar lugar a la injerencia del juez constitucional”, precisa el fallo de 11 páginas.

En este sentido, se consideró que los argumentos planteados por Bula no eran de buen recibo, puesto que tenía otros mecanismos judiciales para reclamar la protección de los derechos que consideraba vulnerados.

“En rigor, lo que aquí planteó el tutelante es una diferencia de criterio acerca de la manera como la corporación enjuiciada valoró las pruebas recaudadas y concluyó que la medida cautelar innominada de la designación de un administrador de los predios, no cumplía con el juicio de necesidad y rigurosidad pertinentes, pues el promotor solo pretende con la demanda la recuperación de la posesión, sin reclamar algún tipo de indemnización de perjuicios, ni devolución de frutos, es decir, ninguna petición pecuniaria, por lo que deviene improcedente impartir una cautela para proteger las utilidades que pueda extraer los fondos”, aclara el fallo.

Luego de revisar las decisiones judiciales motivo de reproche por parte del exsenador, la Corte Suprema de Justicia consideró que todas estuvieron acogidas al Derecho y eran parte de los trámites necesarios.

“La Sala concluye que la decisión controversia no luce antojadiza, caprichosa o subjetiva, con independencia de que se comparta, descartándose la presencia de una vía de hecho, de manera que el reclamo del peticionario no halla recibo en esta sede excepcional”, concluyó la Sala Civil.

Esta no es la primera vez que estos bienes se ven envueltos en una polémica. Una finca del exsenador en Montería, que iba a ser utilizada para la reparación de víctimas, contaba con medidas cautelares por parte de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), hecho por el cual no se podía hacer su traslado a la Fiscalía.

Bula es recordado por ser el segundo capturado cuando estalló el escándalo en 2017. El exsenador fue vinculado de haber movido gran parte de los sobornos que envió la multinacional brasileña con el fin de que se les entregara de manera directa el contrato de la obra Ocaña-Gamarras, es decir, que no se adelantara la licitación pública.

Para esto, enviaron cerca de 4,5 millones de dólares en el 2011 con el fin de que Bula, quien tenía muchas influencias y poder en el Congreso, avalara la figura del otrosí para este contrato y fuera adicionado a la Ruta del Sol II.

El excongresista, quien fue capturado en enero de 2017, reconoció su participación en los delitos de cohecho (recibimiento de sobornos) y tráfico de influencias. Tras la aprobación de un preacuerdo, fue condenado a cinco años de prisión y el pago de una multa de 6.600 millones de pesos.

En febrero de 2021, Bula recibió el beneficio de la detención domiciliaria.