El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, sin importar las alertas y advertencias realizadas por la Procuraduría, publicó un mensaje en su cuenta Twitter con el que está promoviendo el “no +” frente a la revocatoria y demás procesos o irregularidades que se dan en la capital antioqueña.
En esta iniciativa de Quintero inicialmente no lo señala de incumplimiento a la decisión del Ministerio Público, la cual le impide realizar a él y a funcionarios de la Alcaldía campaña política en contra de la revocatoria, o que a su vez invite o promocione el abstencionismo. Sin embargo, con esta publicación, el alcalde está invitando a decir “no +” como mensaje de los aspectos o circunstancias que ha criticado y que lo llevaron a su proceso de revocatoria.
El alto funcionario de Medellín compartió en esta red social varios mensajes de sus funcionarios con este mensaje escrito en sus manos, acompañados de un texto en el trino donde citaban a qué le decían no más.
Ahora bien, dado que esto se hace desde cuentas personales y no oficiales, la Procuraduría deberá investigar si con esta acción se está violando la medida que se impuso en contra del alcalde y sus funcionarios.
La decisión de la Procuraduría
La Procuraduría General de la Nación hizo un duro llamado al alcalde de Medellín, Daniel Quintero, y a otros funcionarios.
¿Qué va a pasar con el proceso de revocatoria que se adelanta en contra del alcalde de Medellín? Por un lado, Quintero perdió la impugnación que presentó ante la Registraduría Nacional y, por esa razón, la revocatoria en su contra se mantiene en firme. Además, se determinó que las firmas presentadas por el comité promotor son válidas. El informe técnico de la Registraduría indica que de los 383.685 registros analizados, 132.908 son válidos, por lo que la solicitud de revocatoria es viable y ahora el Consejo Nacional Electoral deberá certificar los estados contables del comité promotor.
En este caso, el documento, puntualmente un memorando, afirma: “La Procuradora General de la Nación expidió la Directiva No. 016, del 02 de septiembre de 2021, contentiva de las recomendaciones respecto a la participación en actividad y controversias políticas y las prohibiciones de cara a los procesos electorales que se desarrollarán en elecciones ordinarias en la presente anualidad, la cual es dirigida a servidores públicos y a particulares en ejercicio de función pública. Empero, según el artículo tercero de este pronunciamiento, estas recomendaciones generales también aplican en los procesos electorales atípicos que se adelanten en las diferentes circunscripciones territoriales”.
Señala el memorando: “Por lo anterior, en atención a la normatividad vigente sobre la indebida participación en política, y al encontrarse en curso un proceso de revocatoria del mandatario actual del municipio de Medellín, es importante destacar que es deber de esta entidad, garantizar la correcta actuación de los servidores públicos, dentro de los limites que establece la Constitución, la ley y la jurisprudencia”.
Y agrega: “Vale la pena aclarar que el alcance de las limitaciones que se expondrán, hace referencia a toda participación por fuera de la ley, que incluye quienes estén en contra de la revocatoria del mandato, a favor de la revocatoria del mandato o promuevan el abstencionismo dentro del proceso democrático de participación ciudadana. Por ello, se exhorta y se llama al cumplimiento a todos los empleados públicos, trabajadores oficiales y particulares disciplinables que estén adscritos a la administración central o a las entidades descentralizadas directas o indirectas de la Alcaldía de Medellín, frente a la normatividad que propende por la reglamentación de la participación en política”.
La Procuraduría recuerda e insiste en que la comisión de estas conductas, independiente de su consumación por acción u omisión, “sería reprochable ya sea por la participación o injerencia a favor de la revocatoria, en contra de la revocatoria, o por la promoción del abstencionismo; por lo cual resulta fundamental mantener y garantizar la imparcialidad que le asiste a quienes son parte del ejecutivo municipal, o de sus entidades descentralizadas”.
Y concluye, señalando: “Por lo antes expuesto, se reitera a los destinatarios del presente memorando, las prohibiciones, limitaciones, delitos y faltas disciplinarias anteriormente descritas, en las cuales se puede incurrir a través de cualquier medio presencial o mediante las plataformas de comunicación o redes sociales, situación ante la cual se mantendrá por parte del Ministerio Público una vigilancia permanente con el objeto de velar por el correcto actuar de los agentes estatales; y en todo caso para evitar incurrir en conductas que motiven posibles reproches disciplinarios”.