Por el Carnaval de Barranquilla 2022, se implementará la restricción de circulación de vehículos particulares en toda la ciudad desde el viernes 25 de marzo a las 6:00 p. m. y hasta el lunes 28 a las 6:00 a. m., teniendo en cuenta el último dígito del número de placa, según la siguiente programación y horario:

pico y placa Barranquilla | Foto: Alcaldía de Barranquilla

La Alcaldía de Barranquilla en su página web señaló que los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular solo ese día, portando y presentando el tiquete de peajes ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de tres horas.

Asimismo, agregó que los conductores que tengan restricción y se encuentren en tránsito por Barranquilla y deban tomar la avenida Circunvalar en toda su extensión, podrán hacerlo sin que se les aplique la restricción.

Sobre la misma línea, indicó que el conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (468.589 pesos). Además, el vehículo será inmovilizado.

Por otra parte, los vehículos inmovilizados después de 5:00 p. m. del viernes 25 de marzo de 2022, será entregados a partir del miércoles 30 de marzo de 2022, después de realizar los trámites correspondientes.

Excepciones:

  • Los que conforman la “caravana presidencial”.
  • Los destinados para el uso y seguridad del alcalde Distrital de Barranquilla y gobernadora del Atlántico.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (Inpec), utilizados para el transporte de sindicados y condenados.
  • Las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.
  • Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad.
  • Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales.
  • Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo Sitm TransMetro S.A.S., debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio.
  • Los vehículos autorizados para el transporte de valores.
  • Los vehículos de servicio oficial y diplomáticos.
  • Los coches fúnebres.
  • Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado.
  • Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres.
  • Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos.

“Invitamos a todos los conductores a tener en cuenta estas medidas que facilitaran nuestra movilidad en estos días tan importantes. Así mismo, programar sus desplazamientos, si van a salir de la ciudad, hacerlo con suficiente tiempo, para evitar demoras y contratiempos y seguir las recomendaciones de nuestros orientadores de movilidad y Policía de Tránsito. Vivamos esta fiesta con tranquilidad y seamos responsables”, señaló el secretario de Tránsito y Seguridad Vial, Ernesto Camargo Vargas.