Por medio de un documento de cuatro páginas, la presidenta de la Corte Constitucional, Diana Fajardo Rivera le solicitó a la Sala de Selección de Tutelas que seleccionen para su estudio la acción de tutela que presenta un complejo pleito por cerca de medio billón de pesos.
La acción de tutela enfrenta a dos pesos pesados: Por un lado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y por el otro la multinacional Bavaria. En la solicitud. la magistrada Fajardo advierte la necesidad de tomar una decisión de fondo y ponerle punto fin a este debate.
El caso tiene como génesis las operaciones financieras registradas por Bavaria para el año 2010 por un valor cercano a los 300 millones de dólares. La multinacional presentó meses después su declaración de renta y complementarios. En la documentación se reportó un saldo a favor por $55.906.018.000 por lo que pidió la devolución del saldo.
Pese a que en un principio se le dio el visto bueno, tras realizar la verificación y los cruces se determinó que la declaración de renta debía ser corregida, puesto que no existía un saldo a favor de la empresa. Dos años después, el 21 de marzo de 2013, la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes rechazó la petición de Bavaria y anunció que tenían que pagar un concepto de renta por cerca de $539.456.023.000.
En este cruce de mensajes en donde empieza el verdadero problema, pues, la Dian lo envió a una dirección física en Bogotá pero, meses después, Bavaria actualizó su domicilio en el Registro Único Tributario (RUT) actualizando su domicilio. La DIAN envió la liquidación oficial del impuesto a la dirección anterior por lo que esta le fue devuelta.
En medio de las entregas, notificaciones y devoluciones Bavaria emprendió una batalla jurídica con el fin de revocar el cobro que le hacía la Dian. En el 2019 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló la acción al considerar que los actos de la entidades habían sido “indebidamente notificados”. Dos años después la decisión fue ratificada por el Consejo de Estado reseñando que “es deber de la administración dar prevalencia cuando en el curso del trámite es informada por el contribuyente y difiere de la registrada en el RUT, pues de lo contrario no hay dirección especial preestablecida”.
Frente a esto, la Dian radicó la acción de tutela considerando que se presentó una interpretación errónea en todo este cobro de impuestos. Debido a la complejidad de la situación, el monto que está en juego y la importancia de definir varios términos en este cobro de impuestos la magistrada le pidió a la Corte asumir el estudio de este caso.
En su argumentación indica que es menester sentarse a debatir sobre la “notificación de las actuaciones tributarias” y sobre la “certeza y seguridad jurídica en los actos de cobro de la Dian”, puesto que este tipo de situaciones se están presentando en el país.
“(…) se advierte la existencia de un posible error interpretativo que, por las implicaciones en las actuaciones que surte la DIAN, resulta indispensable esclarecer para este asunto y para todos los casos en los cuales se hacen liquidaciones oficiales por concepto del impuesto de renta y complementarios, sobre todo por las implicaciones constitucionales y presupuestales que esta controversia acarrea, tal como lo muestra el caso concreto”, advierte la petición firmada por la magistrada.
Igualmente advierte que “este asunto compromete el cuestionamiento de una interpretación legal adoptada por el Consejo de Estado que, de mantenerse pondría en riesgo la garantía del Estado al acceso a más de quinientos mil millones de pesos, por concepto de impuestos presuntamente adeudados por parte de la empresa Bavaria”.