En una actualización del Código de Policía, Colombia se fijó como propósito regular el comportamiento de los ciudadanos en el diario vivir y, en consecuencia, el Código se actualizó en un punto bastante controvertido, pues habla sobre la tenencia de perros considerados “peligrosos”.
Quedó estipulado que los dueños de dichas razas estarían obligados a adquirir una póliza de responsabilidad civil extracontractual. El fin de dicha póliza es que los dueños de estas razas de perros cubran algún daño que puedan causar las mascotas. La póliza cubriría daño o perjuicios a personas, otros perros, vías, espacios públicos y el medioambiente.
“Artículo 127. Responsabilidad del propietario o tenedor de caninos potencialmente peligrosos. El propietario o tenedor de un canino potencialmente peligroso asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural, en general”, dice el texto.
Según reseña el Código, los perros considerados potencialmente peligrosos son aquellos que han presentado características de agresión a personas u otros perros y caninos que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa.
Estas son las razas de perros que implican la tenencia de dicha póliza:
* American Staffordshire Terrier
* Bullmastiff
* Dóberman
* Dogo Argentino
* Dogo de Burdeos
* Fila Brasileiro
* Mastín Napolitano
* Bull Terrier
* Pit Bull Terrier
* American Pit Bull Terrier
* Rottweiler
* Staffordshire Terrier
* Tosa Japonés
Según César Milán, conocido como ‘el encantador de perros’, estas razas de perros no significan que obligatoriamente sean peligrosos, pues explica que “no quiere decir que sean agresivos” y sostiene que la agresividad no viene en la raza, sino de un efecto secundario que recibe el perro.
Los dueños de estos amigos caninos que no posean pólizas podrán ser multados por parte de las autoridades. Según la norma, la sanción implica una contravención que puede ser sancionada por la multa tipo 4, lo que equivale a 32 salarios mínimos legales vigentes. Es de recordar que para 2021 es salario mínimo legal es de $ 969.088.