La Corte Constitucional le ordenó a la Policía crear un protocolo para prevenir, investigar y sancionar el matoneo que se presente en las instituciones educativas policiales, después de que una estudiante denunció ante la Dirección de Educación acoso, maltrato y humillaciones cuando asistió a uno de los centros académicos de la institución.

La víctima fue identificada como Paola y aseguró que cuando era estudiante de una institución educativa de la Policía sufrió burlas, humillación pública, estigmatización, acoso verbal y maltrato físico. Pero lo peor del caso es que varios compañeros y hasta sus superiores, difundieron rumores sobre una supuesta relación sentimental entre ella y un intendente, lo que la llevó a pedir el retiro.

Policía Nacional.

Sin embargo, días después, Paola desistió del retiro voluntario y aseguró que su decisión se dio por el matoneo del cual estaba siendo víctima. Pero el comité académico, integrado por algunos protagonistas del bullying, terminó rechazando su desistimiento y ella decidió llevar el caso hasta la Corte Constitucional.

La Sala Novena de Revisión consideró: “La escuela de policía accionada y la Dirección de Educación Policial (Diepo) vulneraron los derechos a la educación y al debido proceso administrativo de Paola. En primer lugar, la escuela no activó de forma oportuna una ruta de investigación y eventual sanción respecto de las conductas denunciadas por la estudiante. Además, concluyó que las accionadas no valoraron de forma seria y rigurosa las quejas de acoso y discriminación”.

Corte Constitucional.

Por esa razón, el alto tribunal consideró que la respuesta de la institución educativa fue insuficiente para proteger los derechos de la denunciante, teniendo en cuenta que no actuó de manera rápida y diligente ante los graves señalamientos de acoso que venía realizando con antelación.

La Sala también identificó que “el procedimiento adelantado por la escuela respecto del retiro de la accionante no fue imparcial y desconoció su derecho a la educación. Ello, debido a que la escuela permitió que personas acusadas de conductas de agresión o matoneo escolar participaran en las decisiones sobre la continuidad de Paola en la institución”.

Dentro de los hallazgos, también quedó en evidencia como tanto la institución y la Dirección Educativa de la Policía no garantizaron un escenario adecuado para que la víctima pudiera entregar las pruebas, sus argumentos y exponer toda la situación que venía denunciando.

Mujer haciendo señal de pausa. (Imagen de referencia) | Foto: Getty Images

“La Diepo y la escuela de policía vulneraron el derecho a la igualdad de Paola. Evidenció que algunas de las agresiones dirigidas a la accionante constituían violencia psicológica y de género. A partir de ello, destacó que las entidades accionadas permitieron tratos hostiles y discriminatorios contra la estudiante. Además, concluyó que durante el trámite de retiro voluntario fue revictimizada”, dijo la Corte Constitucional.

Por todo ese análisis, el tribunal decidió dejar sin efectos el trámite que dejó por fuera de la institución educativa a Paola y le ordenó a la Policía que la reintegre en el programa que venía cursando, en una escuela diferente que preste el mismo programa.

Pero además, a la Policía le tocó crear un protocolo para fortalecer, prevenir, investigar y sancionar el acoso, matoneo y discriminación por razones de género que se presenten en los centros educativos policiales.