Con una solicitud para anular la elección del representante a la Cámara, David Racero, el Consejo de Estado admitió una demanda porque, supuestamente, habría excedido los límites de financiamiento de su campaña electoral durante su aspiración al Congreso en el año 2022.
La demanda indica que “la autoridad electoral determinó dicho monto en la suma de $20.093.516.658, divididos entre los 18 candidatos inscritos por la coalición «Pacto Histórico» a tal circunscripción, lo que corresponde a $1.116.306.481 como límite máximo de gastos por cada candidato”.
Uno de los puntos claves que argumenta la demanda es que, para el 2022, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tenía como límite permitido la suma de 20.100 millones de pesos pasa la campaña electoral al Congreso, por lo que a cada candidato le correspondía una asignación de 1.116 millones de pesos.
El documento también argumenta que “el congresista demandado relacionó gastos por el monto de dos mil cuatrocientos noventa y cinco millones, cuatro mil ochocientos ochenta y ocho pesos ($2.495.004.888), escenario que, según exponen en la demanda, superó el límite máximo de gastos autorizados”.
El Consejo de Estado explicó que es competente para conocer la solicitud de pérdida de investidura contra Racero por la Constitución Política y la Sala Cuarta Especial de Decisión de Pérdida de Investidura. Después de que el alto tribunal aceptara la demanda, respondió el representante del Pacto Histórico a través de su cuenta de X.
“La demanda infundada asimila los gastos de una lista cerrada colectiva donde no se vota por candidatos particulares (y del cual yo era cabeza de lista) como si fuera una lista preferente de candidatos individuales”, indicó Racero en sus redes sociales.
En la demanda se detalla que la cifra de gastos, que podrían llegar a los 2.500 millones de pesos, se consiguieron por medio de un crédito a la entidad Confiar Cooperativa Financiera, créditos particulares a favor de su campaña y donaciones.
En ese sentido, los demandantes “consideraron que la campaña del señor Racero Mayorca infringió lo previsto en los incisos séptimo del artículo 109 de la Constitución, en concordancia con el 23, 24 y 26 de la Ley 1475 de 2011 y, por ende, según lo refieren, se debe declarar la pérdida de investidura de aquel”.
Los accionantes también argumentaron que Racero debe ser accionado a título de culpa grave, porque según su juicio, “ostenta una sólida formación académica, no fuera consciente de las implicaciones legales y éticas de su comportamiento, el cual propició que se superaran los topes máximos de financiación y gastos autorizados por la ley”.
A esta demanda, el congresista Racero deberá explicar las razones por las que considera que es errado el análisis sobre los recursos que utilizó para financiar su campaña en 2022. De esta forma, argumentará al Consejo de Estado sus motivos para que no pierda la investidura.
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia decidió “inhibirse” de abrirle una investigación al representante a la Cámara, Racero, por la investigación que se adelanta contra la también congresista del Centro Democrático Yénica Sugéin Acosta, por el presunto delito de peculado por apropiación tras una grave denuncia que llegó sobre su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL).