Por incumplimiento de un fallo de tutela, ordenan cinco días de arresto contra el alcalde de Cartagena, William Dau, a quien le fue ordenada la reubicación del cabildo indígena Zenú, de la vereda Membrillal. Debido a esto, el Juzgado Noveno Civil de Circuito de Cartagena sancionó con cinco días de arresto al mandatario.
La orden se da luego de que Casam Inversiones SAS presentara un incidente de desacato en contra de la Alcaldía de Cartagena por incumplir el fallo de tutela del 28 de abril de 2021.
“Imponer sanción de arresto por el término de cinco días en el establecimiento que para tal efecto establezca la Policía Nacional al doctor William Dau Chamat en calidad de alcalde de Cartagena, quien fue identificado como la persona responsable de dar cumplimiento al fallo de tutela del 28 de abril de 2021 y que fue modificado por el Tribunal Superior del Distrito mediante sentencia de fecha del 10 de junio de 2021″, se lee en el fallo de la jueza Betsy Batista.
El documento también señala que en segunda instancia se otorgó un término de cinco meses para cumplir la reubicación del cabildo indígena y que al cabo de ocho meses no se ha llevado a cabo. En ese sentido, el fallo señala que el estrado judicial deberá “acceder a la solicitud del tutelante consistente en imponer una sanción de arresto, reiterando al funcionario encargado del cumplimiento de la sentencia que la imposición de esta sanción no exime a la autoridad accionada de la obligación de darle cabal ejecución a la misma”.
En ese sentido, la jueza también negó el término de dos meses que fue solicitado para cumplir con el fallo de la tutela. A pesar de que no ha habido un pronunciamiento oficial de la Alcaldía de Cartagena, se conoció que fue interpuesta una acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia en contra del nuevo fallo.
Específicamente esta acción busca revertir la orden de arresto proferida por el Juzgado que impuso una sanción privativa de la libertad de cinco días. Además, Dau también fue sancionado con una multa que equivale a diez salarios mínimos “mediante providencia del 6 de diciembre de 2021, previniendo al funcionario en el numeral quinto de dicha providencia en el sentido de que la sanción de multa le puede ser sustituida por arresto en caso de persistir el incumplimiento”, de acuerdo con el fallo judicial.
Cabe señalar que “la comunidad se encuentra en una zona adyacente a Membrillal, en una finca que se llama San Isidro, y están ahí desde el año 2002, más o menos. El propietario del predio los mandó a desocupar, pero es importante que se resuelva su situación porque la ley ampara a los grupos étnicos y a las minorías. El territorio se les debe garantizar para preservar sus raíces ancestrales, porque si se les da una vivienda de interés social ellos se apartan de esa raíz”, dice Carlos Feria, defensor de los derechos humanos en la vereda Membrillal, de acuerdo con El Espectador.
En ese sentido se espera que la comunidad sea trasladada para un predio en el corregimiento de Bayunca, zona en la que los indígenas podrán continuar con sus labores ancestrales y el cultivo de alimentos.