Hace cinco años, la magistrada de la Corte Suprema de Justicia María del Rosario González dedicó más de siete horas a leer la sentencia de 401 folios que sustentaba la condena a 17 años de cárcel para el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias y el pago de cerca de 13 millones de dólares como multa. Para ese 16 de junio del 2014, Arias ya no estaba en Colombia y desde entonces fue considerado un prófugo de la justicia.
El creador del programa Agro Ingreso Seguro pasó más de dos años detenido en Colombia, compareció a todas las audiencias y salió del país en cuanto se filtró el sentido de la condena. Ya en Estados Unidos fue capturado y detenido por tres años más. El Departamento de Estado tomó la decisión de extraditarlo a Colombia y a su llegada al país se activan las cuentas para descontar de su sentencia final el tiempo que pasó detenido en una guarnición militar y por cuenta de la orden de extradición tramitada por la Corte Suprema de Justicia colombiana.De modo que, de entrada, de los 17 años a los que fue condenado, la justicia colombiana podría descontarle los cinco años que pasó detenido en ambos países. En Contexto: Los tres uribistas prófugos de la justicia Agro Ingreso Seguro, un programa que era para favorecer a los campesinos más pobres, fue creado en 2006 por el mismo Arias. El Congreso en pleno lo aprobó con el objetivo de preparar a los agricultores colombianos, grandes y pequeños, para los Tratados de Libre Comercio que vendrían. Eso en la práctica significaba apoyar a los grandes empresarios, ya que en el mundo globalizado la única forma de competir es a través de agroindustria, pues el minifundio no tiene chance. El problema se desató cuando los grandes agricultores, además de recibir subsidios que desataron amplias polémicas, decidieron fragmentar sus predios para obtener más ayudas de las permitidas. Ese fue el caso de las familias Dávila, Vives y de otras seis que fragmentaron sus predios e hicieron todo tipo de piruetas para lograr subsidios del orden de 26.400 millones, según dijo en su momento la fiscal Viviane Morales. La exseñorita Colombia Valerie Domínguez, novia de Juan Manuel Dávila, acabó convirtiéndose en el símbolo de ese escándalo por cuenta de haber prestado su nombre para uno de esos malabares.
Esos ocho casos y los 26.000 millones de pesos en subisdios generaron una gran indignación nacional y se convirtieron en uno de los mayores escándalos del gobierno de Álvaro Uribe. La justicia colombiana no encontró que Arias se hubiera robado un peso, de allí el desconcierto de algunos sectores con el monto de la pena. Sin embargo, la corte encontró probado el favorecimiento de terceros y la forma irregular en que se celebraron contratos cuya ejecución fue llevada a cabo por el IICA. Le recomendamos: Andrés Felipe Arias: ¿Condena exagerada? Los convenios de Ciencia y Tecnología: La Corte Suprema de Justicia cuestionó la forma en que se tramitaron los convenios especiales de cooperación técnica y científica (003 de 2007, 055 de 2008 y 052 de 2009), celebrados entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, IICA. La principal irregularidad atribuida consiste en que se cambió la tipología contractual de modo que se optó por celebrar convenios como de "ciencia y tecnología" cuando su verdadero objeto era elegir a un contratista de manera directa que pudiera administrar recursos del agro. Así lo concluyó la extensa sentencia al señalar: "Se obvió, de una parte, el deber de selección objetiva y, de otra, en este concreto evento cualquier negocio jurídico celebrado por el ministerio debía estar precedido de la licitación o concurso públicos, dada la cuantía de los recursos comprometidos", dijo la corte. En el primer convenio del 2007 se asignaron $47.000 millones; en el del 2008 fueron $140.000 millones y en el del 2009 fueron $100.000 millones. Los montos y el hecho de que el verdadero objeto fuera de administración terminaron siendo determinantes en los cuestionamientos de la Fiscalía a los que le dio la razón al alto tribunal. En este contexto, Arias fue encontrado responsable por iniciar un proceso de manera apresurada, en donde se escogió "verbalmente" el contratista sin elaborar estudios previos y análisis serios. No se contó con una propuesta que respondiera a la situación que se pretendía solucionar. Arias se defendió asegurando que consideraba que el IICA era la única entidad con el conocimiento, experiencia, trayectoria, capital humano y relaciones capaz de adelantar el objeto de los convenios. No obstante, la corte le terminó cobrando el no haber adelantado la menor labor para establecer si además del IICA existían otros organismos o entidades con la capacidad de cumplir con el objeto de los convenios. Las autoridades también cuestionaron el hecho de que el instituto entregara a manera de cooperación -algunas veces por solicitud de Arias- un porcentaje de las sumas comprometidas en los convenios para invertirlos en la cúpula del ministerio. “Arias sí formuló al IICA petición directa de apoyo económico a su Despacho a partir de la contratación cumplida con el Instituto como cooperante”, dice el fallo. Le recomendamos: El "dolor" uribista por la extradición de Andrés Felipe Arias La normatividad colombiana permite que los contratos de “ciencia y tecnología” sean celebrados de manera directa. Muchos creen que el sistema de riego de los cultivos, que era para lo que estaban diseñados los subsidios, pertenece a esa categoría y que por eso, Arias y todos los funcionarios públicos han tenido razón al realizar ese proceso de ese modo. Pero para la Fiscalía el calificativo de “ciencia y tecnología” no era más que un disfraz para saltarse un requisito legal. La corte se fue por esa última interpretación. Incidió en convocatorias Para los magistrados, el motivo “real” de proceder con la contratación del IICA, con el desconocimiento del régimen contractual vigente, fue el interés de Arias de iniciar la ejecución controlada de los recursos. La corte es clara en señalar que Arias no se benefició de estos recursos, sin embargo, sí interfirió en los términos de referencia de las convocatorias de riego y drenaje para imponer reglas que “favorecían a sectores específicos del sector agrícola”. Con esto quiso decir que el exministro sí conocía de esos subsidios irregulares y había diseñado un programa que los permitía. Los magistrados señalan, por ejemplo, que la convocatoria de riego fue decidida por Arias directamente, sin que mediara el análisis que demandaba esa decisión dada la naturaleza y cuantía de los recursos comprometidos. De modo que los magistrados aseguran que Arias tuvo injerencia directa en la entrega de estos subsidios quienes los otorgaban eran de su “mayor confianza”, y van más allá: dicen que "era evidente la existencia del fraccionamiento" y que Arias no reaccionó porque "su objetivo era ubicar los subsidios en determinados sectores". El exministro siempre ha sostenido que se enteró de estas irregularidades cuando los medios de comunicación las hicieron públicas. Eso puede o no ser verdad, pues el exministro estaba más encima del otorgamiento de esos créditos de lo que ha reconocido. Sin embargo, el que tomaba las decisiones no era él sino el IICA que es la agencia de la OEA a la cual se le había delegado esa función. Puede leer: Arias extraditado: ¿Y ahora qué pasa con Santrich? La investigación de la Fiscalía señala que el IICA no fue autónomo en el establecimiento de las reglas de los concursos y en esa labor Arias no se limitó a dar lineamientos de política pública como ha aducido su defensa: “Desde antes de suscribir los convenios que la Fiscalía cuestiona, el ministro orientó directamente la elaboración de los términos de referencia de las convocatorias que constituían su objeto, es decir, las reglas que permitían escoger los proyectos beneficiados con los subsidios de riego y drenaje, labor para la cual tenía toda la idoneidad, dada su calificada formación profesional en economía, que lo habilitaban para señalar variables de ese contenido”. De modo que Arias, desde el ministerio, pudo intervenir en el diseño y aprobación de los términos de referencia de las convocatorias, incidió en el proceso de calificación de los proyectos presentados y se reservó la facultad de aprobar los listados de las propuestas elegibles. La Corte aclara que aunque Arias no era ministro para cuando se asignaron los subsidios declinados por miembros del Grupo Daabon y por la ex reina Domínguez Tarud, estos hechos le son reprochables porque sentó las bases a partir de las cuales sus proyectos fueron presentados, evaluados, calificados y aprobados por el Comité Administrativo. “Si los recursos no fueron desembolsados, ello obedeció al escándalo mediático origen de esta actuación”, precisa el fallo. En contexto: EE.UU. aprobó extradición de Andrés Felipe Arias