El presidente Iván Duque se sumó a las voces que encuentran ilógica la decisión de condenar al Estado por el atentado que perpetraron las Farc en el club El Nogal hace quince años. “Condenar al Estado por un acto terrorista de las Farc es incongruente”, aseguró el jefe de Estado.El atentado al Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003, les costó la vida a 35 personas, otras 73 quedaron gravemente heridas. Se trató de uno de los episodios más brutales de la guerra: las Farc instalaron en el tercer piso del club un Renault Megane, color rojo, cargado con 200 kilos de explosivos (poderoso anfo, TNT con efecto multiplicador y clorato de potasio que es incendiario). Las dos personas que introdujeron el vehículo murieron el acto, tal como lo planeó alias El Paisa, jefe de la tenebrosa columna Teófilo Forero de las Farc. Las imágenes del club en llamas, los gritos y los cadáveres extraídos por los rescatistas hacen parte de la penosa memoria nacional.Puede ver: Video: Las heridas invisibles de las víctimas de El NogalJustamente por lo brutal del episodio es que ahora resulta difícil comprender la sentencia del Consejo de Estado, según la cual, tres familias víctimas deben ser indemnizadas por el Estado. La decisión también ordena a la institucionalidad un acto de desagravio dirigido a las víctimas y la población en general y que se instale una obra de arte que sensibilice “acerca de la exposición de la población civil a las acciones violentas dentro un conflicto armado”. ¿Por qué debe responder el Estado si fueron las Farc quienes perpetraron el atentado? Las respuestas a este interrogante, que no son pocas, están en las noventa páginas de la sentencia. SEMANA.COM extrajo del fallo los diez argumentos más poderosos considerados por el Consejo de Estado para sustentar su polémica decisión:
El Estado pecó por omisión. El otro punto clave es que el Estado no fue enjuiciado como responsable del crimen sino que se juzgó su omisión frente al deber de proteger efectivamente a la población civil. “A pesar de estar claramente advertido, el Estado no tomó las medidas para proteger la vida de las personas que se encontraban en el Nogal", señala al respecto la sentencia.
Conmoción interior por seguidilla de atentados. Otro punto para argumentar que en alguna medida era predecible suponer un atentado contra el Nogal se desprende del contexto de violencia que vivía el país. El gobierno había decretado la conmoción interior por una cascada de atentados de las Farc, incluyendo los morteros lanzados contra la Presidencia de la República en plena posesión de Álvaro Uribe el 7 de agosto de 2002. Así mismo, un maletín bomba había detonado en el Hotel Tequendama, y se lanzaron granadas de mortero contra la embajada de Estados Unidos y contra el búnker de la fiscalía. “Encontrándose en vigencia el decreto de conmoción interior y previo al atentado al club, la violencia contra la capital del país, por parte del grupo insurgente, se recrudeció. De ello dan cuenta –dice la sentencia– los hechos de público conocimiento y reiterados por los medios de comunicación, como ocurrió con el atentado del 21 de octubre de 2002 por la explosión de un taxi bomba ubicado en un lavadero de autos vecino del edificio de la Policía Metropolitana de Bogotá, en el que murió una persona y 35 más resultaron heridas; al día siguiente tres personas murieron y 39 fueron lesionadas, entre ellas 28 policías, por explosión de carro bomba instalado en un parqueadero contiguo a la Sijín de la Policía de Bogotá; el 24 de octubre siguiente, a tres cuadras de la Plaza de Bolívar, un camión que movilizaba uniformados fue atacado con una granada, en esta acción murió un auxiliar de policía y diez agentes resultaron heridos”
El segundo informante. Tampoco se prestó atención a Llimi Díaz Torres (sic), un ex detective del DAS, quien recibió información en el mismo sentido y que, infructuosamente, puso en contacto a su fuente con la entidad, todo ello previo a la tragedia que nadie evitó. El DAS en sus respuestas oficiales a las autoridades nunca mencionó ni al informante Quiñonez ni la historia de Díaz Torres. Sin embargo, está plenamente documentado que estas dos fuentes de información existieron, alertaron oportunamente y simplemente nadie se ocupó de lo que advertían.
Ni vigilantes capacitados ni un perro antiexplosivos. La altísima vulnerabilidad del club también quedó en evidencia al constatar que los Arellán ingresaron antes, en la etapa de planeación del atentado, varias veces con un carné provisional falsificado. Igualmente, el Consejo de Estado resalta que cualquier agente anti explosivos, así como un perro adiestrado, habría podido detectar el carro bomba: “dado que un automóvil con similares características al empleado, naturalmente se inclina por el peso que alberga en su interior (200 kilos de dinamita), aspecto notorio a la vista, especialmente para quienes han sido capacitados en la detección de explosivos”. Todo ese contexto, enfrentado a que es deber del Estado prevenir y proteger a la población civil y a que no se emplearon las herramientas disponibles para aminorar el peligro evidente, llevaron a la conclusión final de la sentencia, condenar al Estado. “Las víctimas en este asunto no tendrían que haber soportado lo acontecido”, señala la sentencia.