La última propuesta que quedaba del paquete de reformas que el gobierno Duque quería hacerle al proceso de paz era el proyecto de ley para que a futuro los delitos sexuales contra menores de edad no fueran juzgados por la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), sino por la justicia ordinaria.Algunas personas querían ir un poco más lejos y proponían que la iniciativa fuera retroactiva. Es decir, que quienes hubiesen abusado de menores de edad en el marco del conflicto fueran expulsados de la JEP y pagaran penas normales, aunque se hubieran acogido al proceso de paz. Esta iniciativa ha tenido acogida en la sociedad y hay varias personas indignadas con que no haya salido adelante. La violencia sexual es un delito que todos repudian y es apenas obvio que la sociedad exija las penas más drásticas contra las personas que abusan de menores. Sin embargo, hay razones de peso para que la iniciativa se haya hundido hasta el momento en el Congreso. No porque no se rechacen estos delitos, sino por otros motivos. La representante de la Alianza Verde Juanita Goebertus le explicó a SEMANA que en su partido no compartían esa iniciativa porque en el acuerdo de paz ya está explícito que quedarán excluidos a futuro a quienes cometan delitos después del 1 de diciembre de 2016 (la fecha de la firma del acuerdo de paz).Por eso, para la representante y otros congresistas no tiene sentido darle vueltas a este proyecto de Ley. “En vez de perder el tiempo, como lo hizo con las objeciones a la JEP, el presidente debería dedicarse a concretar la paz en las regiones”, dijo Goebertus.En cuanto a la propuesta de que sea retroactiva, algunos expertos explican que jurídicamente es inviable hacer que la ley sea retroactiva pues opera el principio de favorabilidad. De hecho, el mismo gobierno explicó que no podía ser retroactivo.
Ahora bien, hay un debate sobre la impunidad. Algunos afirman que el proceso de paz quedó “tan mal hecho” que deja en la impunidad a los violadores. Al respecto Goebertus explicó que en el acuerdo de paz ya está claro que los delitos sexuales no son conexos al conflicto, que no son amnistiables y que precisamente estos delitos son juzgados en la JEP para que se investiguen, se juzguen y no queden en la impunidad. En efecto, en el artículo 40 del acuerdo de paz se lee: “No serán objeto de amnistía ni indulto ni de beneficios equivalentes los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, esto es, toda infracción del Derecho Internacional Humanitario cometida de forma sistemática-, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores, todo ello conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma”.En la práctica, esto significa que para delitos como la violencia sexual sí habrá penas privativas de la libertad, pero no de la forma tradicional. Lo que podría ordenar la JEP, por ejemplo, es que quienes cometieron estos delitos sean enviados a una especie de colonias agrícolas donde tengan que trabajar por 5 u 8 años después de haber confesado la verdad.
El rector de la Universidad Externado de Colombia y asesor en los acuerdos de La Habana, Juan Carlos Henao, aseguró a la W Radio que este tema ya había sido largamente discutido durante el proceso de negociación con las Farc.Dijo que comprende que esta propuesta es “populista” porque nadie podía defender la violencia sexual y porque “todos quieren que se pudran en la cárcel los que cometen estos delitos”.Sin embargo, recordó que “la Justicia Transicional fue creada para juzgar precisamente los delitos más horribles”. Agregó que así como no tenía justificación la violencia sexual, tampoco la tenían las masacres, el secuestro y la tortura, pero que en pro de la paz se llegó a un acuerdo para que se cesara el conflicto donde se cometían los delitos más atroces. Henao explicó además que lo que hay que tener claro es que si bien la justicia transicional no tenía la misma severidad que la ordinaria, “porque para eso es transicional”, eso no significaba que hubiera impunidad o que los delitos sexuales fueran amnistiables.“Los delitos de lesa humanidad no son amnistiables. Eso es lo que la gente no tiene claro”, dijo. También afirmó que de hecho era posible que en la justicia ordinaria hubiera mayor impunidad porque muchos casos no llegaban a juzgarse y nunca se sabía la verdad. Justamente el esclarecimiento de los delitos fue una de las razones por la que congresistas del Polo, la U y los liberales consideraron que era mejor que la JEP juzgue los delitos sexuales cometidos en el marco del conflicto.Uno de los ejemplos que ponen sobre la mesa es el de la Ley de Justicia y Paz, en la que los delitos sexuales fueron excluidos. En esos casos lo que pasó es que las personas que cometieron ese delito nunca lo confesaron para no ser expulsados de esa norma. Y, por otro lado, el grado de impunidad en la justicia ordinaria en materia de delitos sexuales hoy supera el 90 por ciento en el país, según las cifras de la Fiscalía General.
La mayor repercusión de este proyecto sería hacia el futuro, con un posible proceso de paz con el ELN. Al respecto varios expertos han dicho a SEMANA que sería muy difícil llegar a una negociación si a los guerrilleros se les dice que serán extraditados o que pagarán penas equivalentes a la justicia ordinaria por delitos como el reclutamiento de niños, que ha sido frecuente en todos los conflictos del mundo, porque entonces no estarían negociando. Aunque el proyecto no tuvo la votación necesaria para seguir con vida en el Congreso, el Gobierno guarda la esperanza de que la iniciativa se pueda salvar si la mesa directiva del Senado decide convocar a una sesión el próximo miércoles.