La tutela presentada por el presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa Barragán, en contra del pliego de cargos que le formuló el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la supuesta violación de topes de la campaña presidencial de Gustavo Petro en el 2022 fue admitida para su estudio por parte del Tribunal Superior de Bogotá.

Sin embargo, en la admisión de la tutela no se avaló la medida cautelar para frenar los efectos de la decisión emitida la semana pasada por la Sala Plena de CNE contra del exgerente de la campaña.

Con ponencia de la magistrada Martha Isabel García Serrano, el Tribunal le pidió al CNE que se pronuncie sobre la pretensiones de la acción de tutela.

“Publicar aviso en la página web de la Rama Judicial con el fin de notificar el inicio de este trámite constitucional a las partes e intervinientes en el proceso objeto de tutela y demás interesados en este mecanismo”, agregó la resolución.

En la tutela, el actual presidente de Ecopetrol pide la protección de sus derechos fundamentales que consideró afectados con el pliego de cargos emitido en su contra, el presidente Petro y otras personas que hicieron parte activa de la campaña presidencial.

Tribunal admitió tutela que presentó presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa. | Foto: Cortesía

Primero que todo, se advierte que el CNE no tenía la facultad para abrir esta investigación puesto que existe un fuero que estableció la Constitución Política y que señala, claramente, que solamente la Comisión de Acusaciones puede abrir una investigación contra el Jefe de Estado en ejercicio o por acciones que se presentaron durante su mandato.

2207 | Foto: Montaje Semana

El pliego de cargos cobija a Lucy Mogollón, tesorera de la campaña Petro Presidente; así como a María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus, auditores; además de los movimientos políticos Colombia Humana y Unión Patriótica que hicieron parte de la coalición.

Recientemente, la defensa del presidente Petro presentó una acción de tutela en contra de la Sala de Consultas y Servicio Civil del Consejo de Estado, cuyo fallo abrió la puerta para que se reanudara el estudio de la ponencia en el CNE.

Tras ser admitida, el Consejo de Estado le pedirá a la Sala de Consulta que presente todos los informes necesarios para esclarecer los hechos que fueron acusados y presentar todos los documentos que reposen con la competencia que se le dio al CNE para investigar las posibles violaciones de los topes de la financiación de la campaña a la Presidencia de la República.

También se dispuso vincular “al Consejo Nacional Electoral y a la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, al ser las autoridades frente a las cuales se resolvió el conflicto de competencias que aquí se cuestiona, (ii) al señor Edward David Rodríguez Rodríguez, por cuanto presentó la queja en contra del accionante ante el Consejo Nacional Electoral, y (iii) a los señores José Manuel Abuchaibe Escolar, Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, Miguel Abraham Polo Polo, Miguel Uribe Turbay y Alejandro Pardo Cortés, quienes radicaron denuncias ante la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la República”.