Tras la determinación que adoptó la Corte Constitucional de despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 24 de embarazo, se conoció la primera reacción del presidente de la República, Iván Duque, quien mostró una profunda preocupación por esa determinación al advertir que permitiría que esa práctica se vuelva una acción anticonceptiva en el país.
Así mismo, el mandatario colombiano criticó con dureza que una decisión que tiene un impacto social tan grande esté en manos de cinco personas, haciendo una clara referencia a los magistrados del alto tribunal que votaron a favor de la despenalización del aborto.
“Estos temas los debe abordar la sociedad colombiana a profundidad, con todo el rigor, que se deben dar en el seno de las instituciones democráticas como el Congreso de la República, y sobre todo partiendo de una base: existe el principio de vida desde la misma concepción que ha sido reconocida por la Corte Constitucional hace muchos años”, sostuvo Duque en entrevista con Luis Carlos Vélez, director del noticiero de La Fm.
Y advirtió el jefe de Estado en el desarrollo de su tesis en defensa de la vida: “Estos debates son inmensamente complejos y, a mi modo de ver, más que garantizar la libertad de elegir que es el fundamento al parecer de la decisión, yo creo que lo que debemos evitar es que el aborto en Colombia se convierta en una práctica regular o usual, o hasta un método anticonceptivo”.
También habló sobre la posibilidad de convocar o no a un referendo para que la sociedad se pronuncie por la decisión de la Corte Constitucional: “Primero, hay que reconocer algo sobre este tema ya había pronunciamientos de la Corte Constitucional en el pasado, yo diría que el punto más importante es que la Corte había referido a tres excepciones, sobre eso había un amplio consenso en el país y el país con todo y las diferencias era claro que era una excepción clara, aquí lo que se está permitiendo es que se pueda interrumpir sin ningún tipo de argumento hasta las 24 semanas, los mecanismos siempre estarán abiertos a debates y a discusión”.
Señaló el mandatario colombiano: “Aquí no se puede trivializar la práctica del aborto en Colombia y mucho menos convertirla en una práctica generalizada porque atenta en contra del principio de la vida desde la concepción que también había sido reconocido por la Corte Constitucional, aquí se trata de un fallo, pero aquí la gran discusión es si las decisiones que tienen que ver con el orden de una sociedad pueden ser decididas por cinco personas”.
No obstante, la decisión no era fácil por parte del alto tribunal, pues había posiciones jurídicas e ideológicas enfrentadas, recusaciones contra magistrados titulares y nombrados ‘ad hoc’ para la discusión, dos ponencias y decenas de aplazamientos. Finalmente se tomó una cerrada decisión.
A favor de la interrupción voluntaria del aborto fueron cinco votos: los de los magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez). En contra: coincidentemente la mayoría de los cuatro votos fueron mujeres, Cristina Pardo, Jorge E. Ibáñez, Paola Meneses y Gloria Ortiz.
Sumado a ello, el debate por la despenalización del aborto en Colombia había sufrido constantes aplazamientos. El primero se presentó tras el impedimento radicado por el magistrado Alejandro Linares, quien señaló que en una entrevista había hecho mención al respectivo tema, dejando entrever, en parte, su posición.
Cabe recordar, que el pasado 20 de enero, el conjuez Hernando Yepes Arcila —quien también tuvo que enfrentar una recusación que al final no prosperó— destrabó la acalorada y cerrada decisión, avalando el impedimento radicado por Linares al considerar que había incumplido el compromiso que existía para no hacer mención alguna de los temas que se discutían en la Corte Constitucional.
Finalmente, se desprende del fallo de la Corte Constitucional: Esta política debe contener, como mínimo, “(i) la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, (ii) la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia, (iii) la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, (iv) el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas, (v) medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras y (vi) medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar”.