SEMANA conoció en primicia el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que rechazó la demanda presentada en contra del nombramiento de Alejandro Gaviria Uribe como ministro de Educación Nacional.
Para el Tribunal, pese a las advertencias y recomendaciones hechas en octubre pasado al demandante este nunca subsanó la acción judicial con la que sostenía que el nombramiento de Gaviria, hecho por el presidente Gustavo Petro por medio del decreto No. 17777 del 7 de agosto del 2022, era ilegal.
“El demandante señaló en su escrito que se demandaba el nombramiento del señor Alejandro Gaviria Uribe como Ministro de Educación Nacional, sin identificar el acto administrativo que contenida dicha decisión”, precisa el fallo de cinco páginas. Debido a estos errores de forma no entró a estudiar la petición de fondo.
Igualmente, el demandante, identificado como Harold Eduardo Sua Montaña, “no probó haber enviado de manera simultánea la demanda junto con sus anexos a la autoridad accionada”. Esta situación no fue corregida pese a que se le anexó toda la información que debía tener en cuenta a la hora de realizar la diligencia.
La respuesta del demandante no fue bien recibida por los magistrados de la Sala, que consideraron que se le permitió corregir los errores y no lo hizo. “No es de recibo el argumento expuesto en la demanda, de que el señor Sua Montaña no sabía si el traslado se hacía al domicilio físico o por correo electrónico, y que, ante esta duda, solicita no aplicar la norma procesal”.
“(…) Tampoco es cierto lo dicho en el escrito de subsanación, de que la carga del traslado simultaneo es una exigencia del magistrado ponente”. Por no arreglar los defectos anteriormente mencionados se rechazaron de tajo todas las pretensiones de la demanda que buscaba la nulidad del nombramiento ministerial.
“Es claro que el señor Harold Eduardo Sua Montaña no subsanó la demanda conforme a las apreciaciones expuestas por el despacho del magistrado ponente, motivo por el cual el presente medio de control será rechazado”, aclara el fallo.
La demanda contra seis ministros
En la actualidad el Tribunal Administrativo estudia varias demandas contra el nombramiento de los ministros de Relaciones Exteriores (Álvaro Leyva Durán), Interior (Alfonso Prada), Defensa (Iván Velásquez), Minas (Irene Vélez) y Agricultura (Cecilia López).
En el caso del Canciller y la Ministra de Agricultura se advierte que por su edad no podían ser designados en el gabinete del Gobierno. Mientras que en los otros casos el asunto es más complejo pues se hace referencia a un hecho que se presentó en el Congreso.
El demandante se remontó a la sesión en la cual se reconoció a Gustavo Petro como presidente electo ante el Congreso de la República. Ese día, asegura, se presentó una modificación al orden del día que se había establecido, vulnerando así los principios legales y constitucionales.
Para sustentar su dicho, anexó un video en el que señala que se le impidió la participación a las organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno nacional. En la grabación se ve cómo el senador del Partido Comunes Carlos Antonio Lozada toma la palabra y hace una invitación para seguir sesionando desde el Nuevo Congreso de la República.
“(...) dadas las condiciones que tenemos me traslado entonces y los invitó al Nuevo Congreso de la República que comenzará a sesionar desde hoy y desde allí haremos nuestra intervención”, señaló Lozada. Pese a que en ese momento se le dio la vocería como partido de oposición, el movimiento Comunes ya había manifestado su apoyo al nuevo gobierno.
Este tecnicismo, sostiene la demanda, anuló el acto que se celebró ese día. “(...) sus palabras implicaron una proposición al Congreso en pleno de alterar el orden del día de la sesión inaugural como el de la primera reunión de Senado, a fin de garantizar la oposición gubernamental de sus delegantes en su cuatrienio legislativo donde ya no son oposición, sino bancada del Gobierno”. Por estos mismos hechos se demandó la elección de todo el Congreso.