SEMANA conoció, en primicia, que la Corte Suprema de Justicia abrió investigación formal y llamó a indagatoria a Arturo Char, expresidente de Congreso y actual senador, como posible autor de los delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante. Se mantiene, de igual manera, la investigación aunque en etapa preliminar por fuga de presos.
“Para esta Sala, el acuerdo previo para realizar las acciones en busca de obtener miles de votos en favor de Aida Merlano Rebolledo, Lilibeth Llinas Delgado y Arturo Char Chaljub, desde la sede Casa Blanca, es constitutivo de un indicio grave del probable compromiso de responsabilidad penal del senador Char Chaljub, en la configuración de los episodios lesivos contra los Mecanismos de participación democrática que se investigan”, se lee en el fallo de 125 páginas conocida en exclusiva por SEMANA.
Cabe recordar que la Corte había abierto investigación en febrero de 2020 luego de que Arturo Char resultara mencionado en entrevista exclusiva con Vicky en Semana.
Advierte la Corte Suprema en una decisión exhaustiva, cuyo ponente fue el magistrado Francisco Farfán, que el testimonio de Aida Merlano Rebolledo, los datos fácticos acreditados en la actuación y el indicio grave a que se hace referencia, en una valoración sistemática de la prueba y bajo el principio de selección probatoria, demuestran que probablemente, para finales del año 2017, en el marco de las elecciones al Congreso de la República de Colombia, periodo constitucional 2018–2022, “Arturo Char Chaljub, cuando aspiraba a su reelección como senador, hizo parte, junto con la excongresista Aida Merlano y otras personas más, de la configuración de una empresa criminal, que se dedicó a la compra de miles de votos”.
“Además, que el colectivo criminal desplegó sus acciones en la ciudad de Barranquilla y en municipios del Departamento del Atlántico, como Sabanalarga, y que esta organización delictiva tuvo como sede un inmueble situado en el barrio el Golf de la ciudad de Barranquilla, conocido como Casa Blanca”; agrega la sentencia.
¿Por qué estos dos delitos? Pues la sentencia es clara. Por un lado, señala que el expresidente del Congreso, Arturo Char Chaljub, realizó el tipo penal de concierto para delinquir agravado, “porque del material probatorio que sustenta la incriminación permite inferir que el aforado en referencia probablemente organizó y encabezó la asociación delictiva, conducta que el legislador describe y sanciona como concierto para delinquir”.
Y, por otro lado, se habla de corrupción de sufragante agravado, “por cuanto el concierto criminal aparejó la entrega de dinero para que sufragaran por él como candidato al Senado de la República, teniendo para ese entonces la calidad de congresista, sin desdeñar que la empresa envolvió compra de votos también a favor de Aída Merlano Rebolledo y Lilibeth Llinás Delgado”.
La Corte va más allá. En el fallo se ordena decretar la ampliación de la declaración juramentada de Vicente Rosanía, persona vinculada a la campaña de Aida Merlano, y quien al parecer referenció a Rafael Antonio Rocha Salcedo para que trabajara en la misma.
Igualmente, se dispone la Corte a escuchar a Erwin Martínez, a quien califica Rafael Rocha Salcedo como el gerente de la Campaña de Merlano, y le habría suministrado a Rocha datos sobre la vinculación de Arturo Char con la organización criminal.