La Corte Constitucional acaba de conceder una tutela que presentó la defensa de la familia de Dilan Cruz para que el caso por la muerte del joven pasara a manos de la justicia ordinaria, luego de que una decisión de la Judicatura enviara la investigación a manos de la penal militar. La decisión se tomó por unanimidad en la Sala Plena, es decir 8 votos contra 0.
La tutela de la familia de Dilan Cruz advertía que la Sala Disciplinaria, en el momento de decidir enviar el caso a la justicia penal militar, “no contó con el quórum deliberatorio mínimo necesario para su validez, de suerte que dicho documento no nació al mundo jurídico”.
De igual manera, invocaba la Convención Americana sobre Derechos “para argumentar que la ‘sentencia borrador’, requiere un control de convencionalidad, pues se adoptó con la firma de dos funcionarios que carecían de competencias y atribuciones constitucionales para ejercer funciones jurisdiccionales al interior del Consejo Superior de la Judicatura”.
La decisión que acaba de tomar la Corte Constitucional se dio después de que el mismo alto tribunal ordenara al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar que suspendiera de manera provisional el caso que adelantaba en contra de Manuel Cubillos, capitán del Esmad que disparó en el caso de Dilan Cruz, en hechos ocurridos en el centro de Bogotá en noviembre de 2019.
La Corte había hecho una advertencia muy importante señalando que, en efecto, la continuación del proceso penal por la muerte del hijo de la accionante ante una jurisdicción que podría no representar su juez natural -mientras se decide la acción de tutela- “comporta riesgos de afectación”, probablemente siendo uno de los argumentos centrales de la decisión. Es decir, hace pocos días se había pedido suspender la investigación mientras se resolvía esta tutela que acaba de ser concedida.
Esta nueva decisión va contra algo sobre lo que se había pronunciado la Corte Suprema, en su sala penal que en días pasados negó, por segunda vez, la tutela que presentó la defensa de la familia de Dilan Cruz solicitando que el caso no siga en manos de la Justicia Penal Militar. La decisión la profirió la sala penal al considerar que no existen razones para trasladar la investigación a la justicia ordinaria.
En dicha decisión, La Corte Suprema había hecho un recuento de lo ocurrido el 23 de noviembre de 2019, en el marco de las protestas realizadas en Bogotá, en las que Dilan Cruz “quien presuntamente huía de los efectos generados por gases lacrimógenos lanzados por el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía Nacional, recibió un disparo, proveniente al parecer de una escopeta de dotación calibre 12 de municiones “bean bag”, realizado por el capitán Manuel Cubillos Rodríguez, que le ocasionó lesiones que produjeron dos días después su deceso en el Hospital Universitario de San Ignacio”, advierte la Sala Penal.
En la tarde de este viernes, la Corte Constitucional emitirá un comunicado explicando los detalles de la decisión.