SEMANA conoció en primicia el auto del Consejo de Estado que rechazó, en primera instancia, la demanda presentada por 16 congresistas en contra del decreto 2422 de 2022, emitido a mediados de diciembre por el gobierno de Gustavo Petro, que ha permitido la liberación de integrantes de los denominados grupos de la primera línea para ser designados como gestores de paz.

Para el máximo tribunal de lo contencioso administrativo, la acción judicial no cumple con la mayoría de los requisitos exigidos por la ley, hecho por el cual les dio un plazo para que realicen las respectivas correcciones y la presenten nuevamente. Tienen plazo hasta el 26 de enero.

En la nueva demanda se debe precisar el medio de control precedente invocado en la norma y las pretensiones de la demanda, así como informar el lugar y dirección (el canal digital) para efectos de notificaciones judiciales del presidente de la República; los ministerios del Interior, Defensa, Justicia, y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

“(...) de la revisión de la demanda y sus anexos, se observa que los demandantes aportaron copia del acto acusado. Sin embargo, no aportaron constancia de su publicación, comunicación, notificación o ejecución”, hecho por lo cual deben aportar la constancia de publicación, comunicación, notificación o ejecución del mencionado decreto.

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¿Qué pide la demanda?

En la acción judicial firmada por los congresistas Paloma Valencia, Christian Garcés Aljure, María Fernanda Cabal, Paola Holguín, Miguel Abraham Polo Polo, Yenny Rozo, Miguel Uribe Turbay, Ciro Alejandro Ramírez Cortés, Andrés Eduardo Forero, Andrés Felipe Guerra, Edinson Vladimir Olaya, Yulieth Andrea Sánchez, Carlos Edward Osorio Aguiar, Hugo Danilo Lozano, José Vicente Carreño Castro y Yenica Sugen Acosta, se pide anular los efectos del decreto por medio del cual se creó la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana.

No se contempla adelantar obras de remodelación en el monumento a Los Héroes en el corto plazo, pues por este lugar pasará la primera línea del Metro de Bogotá y dicha estructura será desmontada. | Foto: Revista Semana

En este sentido, se señala que el Gobierno nacional no contaba con las facultades para ordenar la excarcelación o modificación de las medidas privativas de la libertad emitidas por los respectivos jueces de la República en contra de este grupo de personas que fueron identificados, capturados y procesados por protagonizar actos vandálicos, ataques contra la fuerza pública y daños a la infraestructura en el marco de las manifestaciones del Paro Nacional.

En uno de los puntos centrales de la demanda, se indica que la Constitución Política de 1991 es clara en señalar que son los jueces de la República los facultados de la Rama Judicial para dictar medidas privativas de la libertad: “El juicio de validez se realice mediante la confrontación directa con la Constitución Política, no respecto de la ley. Sobre el particular dice la jurisprudencia que tampoco procede el medio de control de nulidad por inconstitucionalidad cuando las normas constitucionales son objeto de desarrollo legal, porque en estos casos el análisis de la norma demandada ‘necesariamente involucrará el análisis de las disposiciones de rango legal’”.

Los hombres de la Policía y del Esmad fueron atacados brutalmente por la primera línea; en ocasiones, incluso, trataron de quemarlos vivos. | Foto: GUILLERMO TORRES

La senadora Paloma Valencia, quien lideró la demanda que se radicó ante el Consejo de Estado, indicó que confía en que se estudien las peticiones que se están haciendo porque esas liberaciones serían ilegales.

“La Ley de orden público no creó los voceros del Gobierno y si hubiese creado los voceros del Gobierno, no creó la facultad de levantar órdenes de captura para voceros del Gobierno, solo se pueden levantar para los voceros de las organizaciones criminales”, señaló.

Agregó que “el Congreso expresamente votó negativamente por la facultad que pidió el presidente para liberar a los integrantes de la Primera Línea. Es muy grave que el presidente Petro considere que porque hizo promesas de campaña por fuera de la ley, puede irrespetar a las Cortes y a la rama jurisdiccional”.

Según la senadora del Centro Democrático, la información que proporcionaron los ministros fue totalmente distinta a lo que está ocurriendo y por esa razón se radicó la demanda.

“Los ministros salieron a decir que el tema de la liberación de la primera línea sería para otro proyecto y que no estaba consagrado en el proyecto de orden público, así que eso es hacerles trampa a los colombianos, irrespetar el Congreso e irrespetar a la Rama Judicial”.

El decreto fue firmado por el ministro del Interior, Alfonso Prada; el ministro de Defensa, Iván Velásquez; la viceministra de Justicia, Jhoana Alexandra Delgado Gaitán, y el director del Dapre, Mauricio Lizcano.