SEMANA conoció, en primicia, que la Procuraduría General de la Nación constituyó una agencia especial para que asuma la representación del Ministerio Público en el proceso que se adelanta por las presuntas irregularidades en las que pudo incurrir la jueza coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, Lilyan Jhohana Bastidas Huertas, al ordenar la libertad de dos jóvenes de la denominada primera línea, designados como gestores de paz por el Gobierno.
Precisamente, SEMANA reveló hace pocos días que el procurador delegado encargado para asuntos penales del Ministerio Público, Jairo Acosta, denunció a la juez.
La denuncia ya fue radicada ante la Fiscalía y ante la Comisión de Disciplina Judicial. En primer lugar, la Procuraduría considera que el juez coordinador del centro de servicios judiciales de Bogotá solo tiene competencia para repartir las solicitudes de libertad y cumplir una orden en ese sentido que le entregue un juez de control de garantías. Solo a falta absoluta de este podría entrar a suplirlo.
En este nuevo pronunciamiento, el Ministerio Público advierte que, en todos los casos y para el cumplimiento de su función, los fiscales, los jueces y la policía judicial debe enterar oportunamente, por el medio más expedito, a los procuradores judiciales de las diligencias y actuaciones de su competencia.
Según fuentes del caso, el ente de control designó al titular de la Procuraduría 17 Judicial II Penal, para que actúe en todas las etapas del proceso.
De otra parte, el Ministerio Público requirió a varios coordinadores de Centros de Servicios Judiciales de diferentes ciudades del país, donde se adelantan procesos relacionados con la primera línea; comunicar al Ministerio Público la programación de audiencias cuyo fin sea resolver las peticiones de libertad de personas vinculadas, de acuerdo con las solicitudes que hace la presidencia de la República para designar voceros de paz.
En otras palabras, el juez coordinador no puede ordenar y librar orden de libertad de un detenido bajo el criterio de cumplir un decreto presidencial que requirió levantar o suspender órdenes de captura.
Cabe recordar, en todo caso, que el decreto presidencial ordenó levantar o suspender órdenes de captura, no levantar las medidas de aseguramiento impuestas por disposición de un juez en un proceso legal.
Hace un par de días, precisamente, la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello Blanco, anunció que el órgano de control radicó una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura, por la no convocatoria de procuradores judiciales penales a las diligencias donde se decretó la libertad de dos jóvenes de la primera línea que serán voceros de paz.
Fuentes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) le confirmaron a SEMANA que a un primer joven, Santiago Márquez Charris, se le firmó la boleta de libertad en la cárcel de Girón, en Santander, para que sea el primer integrante de la primera línea en ser nombrado gestor de paz por parte del Gobierno Petro.
Márquez será designado como uno de los que deberán adelantar un estudio virtual sobre paz. Algunos tenían detención domiciliaria y otros en centros penitenciarios.
Niegan libertad de dos jóvenes designados como gestores de paz
El pasado miércoles, un juez de Popayán negó la libertad de dos jóvenes que habían sido escogidos por el Gobierno nacional como gestores de paz. Se trata de Álvaro Andrés Duque Ruiz y Bremmen Hinestroza.
Lo que advierte la decisión es que los hechos por los que estaban privados de la libertad no se habrían dado en el contexto del paro nacional o protestas, sino este año, en 2022.
La decisión tomada por este juez, de negarle la libertad a estos jóvenes, se conoce pocas horas de que la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello Blanco, anunciara que el órgano de control radicó una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura, por la no convocatoria de procuradores judiciales penales a las diligencias donde se decretó la libertad de otros dos jóvenes de la primera línea que serán voceros de paz.