SEMANA conoció, en primicia, los argumentos de tres magistrados: Misael Rodríguez, Héctor Alarcón y Francisco Farfán que no estuvieron de acuerdo con la decisión de mantener el Caso Prada en la Corte Suprema. El Caso Prada se refiere a la investigación en contra del exrepresentante a la Cámara por Huila, por supuesta manipulación de testigos.
El documento de 19 páginas, conocido por SEMANA, inicia señalando: “con el debido respeto por el entendimiento y puntos de vista que no coinciden con el nuestro, y especialmente con los que provienen de la posición mayoritaria de la Sala Especial de Instrucción de la Corte, de la cual hacemos parte los suscritos Magistrados, en el presente caso nos distanciamos y dejamos expresado nuestro disentimiento frente a la providencia mediante la cual esta Corporación judicial ha decidido retener la competencia para continuar investigando al exrepresentante a la Cámara Álvaro Hernán Prada Artunduaga, como posible cómplice del delito de soborno en la actuación penal, negando así el envío del expediente a la Fiscalía General de la Nación como lo solicitó la defensa, entidad que a nuestro juicio es la competente para continuar adelantando la actuación en contra del citado”.
En este caso, la decisión que generó una intensa discusión entre los magistrados de la Sala, quedó inicialmente 3 contra 2 ganando la tesis de que el expediente debía pasar a la fiscalía como ocurrió con el de Uribe. Los votos positivos fueron de los magistrados Misael Rodríguez, Francisco Farfán y Héctor Alarcón. Los negativos estuvieron en cabeza de los magistrados Cesar Reyes, quien está a cargo del proceso y Marco Antonio Rueda. Sin embargo, se necesitaban 4 votos a favor. Por esta razón, fue necesario convocar a 2 conjueces para seguir discutiendo el tema:Wilson Alejandro Martínez Sánchez y Guillermo José Ospina López.
En otro aparte del documento, conocido en su totalidad por SEMANA, se lee que “no se vislumbra en el caso que aquí ocupa la atención un nexo directo entre el delito y la función congresual que le permita a la Corte preservar la competencia para continuar investigando al ex Representante Prada Artunduaga, tras su renuncia a dicho cargo y la aceptación de la misma”.
Como antes se precisó, la presunta conducta delictiva que es objeto de escrutinio en el caso que ocupa la atención, “se contrae a las gestiones que el ex Representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada Artunduaga habría realizado en el departamento del Huila, a través de Carlos López, “alias Caliche”, para que éste, en virtud de su cercanía con Juan Guillermo Monsalve Pineda, testigo de cargo en la investigación seguida contra Álvaro Uribe Vélez por los mismo hechos, lograra convencerlo de que modificara su testimonio original, con miras a favorecer los intereses del último en cita y, al mismo tiempo involucrara al Senador de la República Iván Cepeda Castro en la comisión de delitos contra la administración de justicia.”, advierte la Corte Suprema.
Los magistrados señalan que “en desarrollo del plan delictivo, según la hipótesis que es objeto de averiguación, Prada Artunduaga le habría ofrecido a Monsalve Pineda, a través de alias “Caliche”, como contraprestación por colaborar en el caso de Uribe Vélez, gestionar su aceptación en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), contratar para él un eficiente equipo de abogados defensores, procurarle mejores condiciones carcelarias y, eventualmente, su traslado al exterior”.
Pero aclaran que dicho marcho fáctico, así evaluado, “no afectó ni interfirió de ninguna manera en las funciones que para entonces ejercía Álvaro Hernán Prada Artunduaga como Representante a la Cámara, amén que ni siquiera se advierte que tal condición se hubiere constituido en un factor determinante para adelantar las gestiones a que antes se hizo referencia”, señala el alto tribunal.
Fue tal la polémica que se generó que incluso a través de su cuenta en Twitter, el expresidente Álvaro Uribe se refirió a la decisión que tomó la Corte Suprema de mantener la investigación contra Álvaro Hernán Prada en sus manos, pese a la renuncia al Congreso.
“Sigue la injusticia contra Álvaro Hernán Prada quien no ha sido Director del Centro Democrático en el Huila. La Sala de Instrucción de la Corte dice que utilizó el cargo de Director del Centro Democrático en el Huila para posibles delitos”, escribió el expresidente Uribe.
Los magistrados que se apartaron de la decisión, advierten además que: “El solo hecho de ser una persona influyente en su región, lo cual por regla general es predicable de todos los miembros del Congreso, no implica que automáticamente y per se, como lo entiende equivocadamente la decisión mayoritaria, cualquier gestión ilícita adelantada supuestamente por un Congresista se encuentre vinculada con las funciones congresuales, pues en algunas ocasiones, como en este caso concreto, la conducta estaría asociada a un posible abuso del cargo, no de la función”.
En la conclusión, los magistrados advierten que “existe identidad fáctica y normativa entre el caso Uribe Vélez, ya enviado a la Fiscalía General de la Nación por competencia, y el asunto de Álvaro Hernán Prada, en el cual la Corte ha decidido mantener la competencia, lo que implica en nuestro criterio una vulneración al principio de igualdad de trato ante situaciones iguales”.
Y el cierre del documento advierte que “lo procesal y jurídicamente correcto era desprenderse de la competencia y enviar la actuación seguida contra Prada Artunduaga a la Fiscalía para que allí se continuara surtiendo su trámite”.